El negocio inmobiliario «planifica» la ciudad

“La capital cruceña se posiciona por encima de urbes como Buenos Aires o Río de Janeiro. El sector inmobiliario asegura que el auge de proyectos enfocados en el negocio de alquileres va ‘viento en popa’”. El Deber 05/02/2019.

 “Ningún otro departamento del país cuenta con tantos nuevos proyectos en pozo o a estrenar. Pero además, los nuevos desarrollos en Santa Cruz suelen marcar tendencia en el sector por su arquitectura de vanguardia, sus propuestas ecológicas, sus sistemas de domótica  o sus novedosos sistemas de renta temporaria pensados específicamente para inversores”. (Bolivia.com).

Siendo la planificación un proceso de toma de decisiones, es necesario tener claro quién toma las decisiones en la planificación urbana en nuestro país; desde mi punto de vista, las decisiones son comandadas por el mercado inmobiliario. La planificación municipal, cuando se desarrolla, va un paso atrás de la consolidación de asentamientos, por lo menos en La Paz y en El Alto, eso es un hecho; en una entrega anterior hemos visto cómo estos emprendimientos inmobiliarios suelen avasallar áreas forestales, cerros que nunca debieron tener derechos propietarios privados e incluso áreas de riesgo.

Prensa
La prensa informa sobre los proyectos, resalta el paso a la «modernidad» que éstos representan y destaca la aceptación de las autoridades.

Cuando estos emprendimientos alcanzan dimensiones que casi rondan la megalomanía, logran convencer a un amplio porcentaje de población detrás de argumentos de “desarrollo”, “modernidad”, “poner la ciudad al nivel de las grandes urbes del mundo”, etc. es cuando debemos considerar las condiciones bajo las que se desarrollan los mismos, ¿están normados por la ciudad?, o ¿es que la ciudad, a través de sus autoridades, y la población por su ansia de “desarrollo”, quedan tan impresionados por el supuesto “avance a la modernidad” o por “el hecho histórico” que tal negocio representará para la ciudad y lo aceptan con las mínimas condiciones?

Hay muchos proyectos de «urbanizaciones» que pueden ser objeto de este análisis, pero voy a referirme a dos proyectos cuya actualidad es innegable: el llamado “World Trade Center La Paz” o también conocido con el pretencioso nombre “Ciudad Toyosa”, en esta entrega, y el proyecto “Nueva Santa Cruz-Ciudad Inteligente”, en la siguiente, pero no para criticar las propuestas o su diseño, seguramente bien estudiados como tales, quiero referirme a las condiciones que estos proyectos debieran cumplir para su inserción en la ciudad el primero y en el área metropolitana de Santa Cruz el otro.

“World Trade Center La Paz – Ciudad Toyosa”

Se ubicaría en la llamada “Curva de Holguín”, en un área que hace años fue un cerro elevado (otra vez cerros con derecho propietario privado) al que se le aplicó un implacable corte a máquina hasta convertirlo en una plataforma, en la confluencia del Río Choqueyapu, cuyo cauce está unos 30 metros abajo, con el ahora embovedado Río Orkojahuira, por lo que es una “punta” de tierra. La topografía y la ocupación de la ladera del cauce del Choqueyapu han impedido, por muchos años, ampliar el ancho de vía de la Av. del Libertador que, luego de una curva cerrada, se encuentra con la Av. de los Leones, construida sobre el embovedado del Orkojahuira.

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La fotografía satelital muestra el área de la «Curva de Holguín», en la que se ve la plataforma resultante de un enorme movimiento de tierras que, hace algunos años, bajó un cerro. A la derecha una vista desde e sur, en la que se ven las estaciones del teleférico, el arranque de la Av. de Los Leones y, al fondo, uno de los Puentes «Trillizos».

La forma del predio, por tanto las curvas de la avenida, la condición de vía principal de la red urbana, de punto de conexión del centro con el sur de la ciudad y con el norte (Miraflores), hacen de este sector un punto conflictivo para la circulación vehicular y ni qué decir para la movilidad peatonal, a esto se suman dos estaciones, que interconectan tres líneas del teleférico, ubicadas dentro el terreno de implantación del megaproyecto. Por otra parte, la Ley de Uso del Suelo Urbano (LUSU), norma vigente, establece el área, en la que está insertado el predio del proyecto, como AR (Aires de Río), por lo tanto con importantes condicionamientos para su ocupación (incluso sin posibilidad de ocupación con construcciones), que deberían ser considerados para una posible aprobación, de parte del GAMLP, por tanto de la ciudad, de esta «mega intervención».

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La propuesta concentra los edificios en el borde este-sureste del predio. Por lo que muestra la perspectiva, el porcentaje de ocupación del suelo es altísimo (AMC en la norma de la ley LUSU), «remediando» con cubiertas verdes que no permitirán vegetación alta (árboles).

El impacto del proyecto sobre el área puede ser enorme, a las mencionadas poco amigables condiciones del predio, a los equipamientos que ya funcionan en él y a su entorno se sumarían seis torres, una de 60 pisos, de oficinas, vivienda, centros comerciales y otros en 35.000 m2 construidos sobre un predio de más o menos 4 has. de superficie (40.000 m2) de las cuales cerca de 1 ha. (10.000 m2) está ocupada por las estaciones del teleférico (estos datos son aproximados porque no han sido publicados y son resultado de apreciación). “Suponemos que tendrá un tráfico de hasta 12.000 personas, declara el promotor; como un parámetro de comparación para tener una idea del posible impacto, el Proyecto de Urbanización «Los Pinos» albergó, en su primera fase, en los años 70’s del Siglo XX, 4.500 personas y fue el detonante para la transformación de la Zona Sur hasta llegar a su actual congestión.

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En la planimetría de arriba se puede ver que se han diseñado soluciones viales que, se supone, optimizarán el flujo vehicular; todas estas obras viales debieran ser encaradas por el proyecto «Ciudad Toyosa». Es necesario acotar que el gobierno municipal ha proyectado un viaducto para resolver la accesibilidad a Obrajes, por lo que la propuesta que se muestra deberá ser adaptada, por tanto re-diseñada.

Entendiendo que será un hecho que el proyecto afrontará las inversiones necesarias en adecuar la infraestructura del entorno para minimizar el impacto tanto como para garantizar su propio funcionamiento, un emprendimiento inmobiliario de esta magnitud mínimamente requiere:

  • estudio de tráfico que analice los flujos del tráfico urbano y del ingreso y salida de vehículos que ocuparían 3.000 plazas de parqueo, garantizando que se minimice el impacto sobre el ya complicado tráfico vehicular en el sector;
  • sistema de tratamiento de aguas servidas para que, ya limpias, se realice su evacuación al río;
  • estudio de consumo de agua potable y análisis de presión para incluir soluciones que garanticen que el altísimo consumo que demandará no afecte a las ya exiguas condiciones de dotación del servicio en el sector y en su área de influencia (Obrajes y Zona Sur);
  • sistema interno y propio de recolección diferenciada (selección) de residuos sólidos para facilitar el recojo por parte del servicio municipal;
  • la ocupación del subsuelo y de las plantas inferiores se ve tan grande que las posibilidades de plantar vegetación alta (árboles) se reducirá a un área muy pequeña del total del proyecto, éste debiera garantizar se equilibre la superficie de espacios verdes y arborización con la altísima ocupación del suelo.
  • Dado que gran parte de las «áreas verdes» del proyecto se ve que están sobre cubiertas de edificaciones de propiedad de «Ciudad Toyosa», ¿cuál sería la situación legal de estas áreas verdes? ¿serán privadas o públicas? Si fueran privadas, ¿cuál el beneficio para la ciudad al permitirse tremenda intervención?, y si fueran públicas, al estar ubicadas sobre cubiertas de propiedad privada resulta muy difícil imaginar las condiciones de su uso público, de su administración, de su mantenimiento e, incluso, de cobro de impuestos.
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Una imagen «vendedora» del proyecto; nuevamente se ve el altísimo porcentaje de ocupación del suelo que se intenta «compensar» con áreas verdes sobre cubiertas, solución mucho menos eficiente para las condiciones medioambientales que la que conseguirían áreas verdes sobre terreno

Finalmente, debería estudiarse el impacto del proyecto sobre el futuro del sector de su implantación, como el que se dió en el Sur con la Urbanización «Los Pinos», esta vez con responsabilidad compartida entre el gobierno municipal (GAMLP) y los promotores, dado que será inevitable el surgimiento de una serie de equipamientos privados por la atracción de tal concentración de población, que se sumarán a los equipamientos ya existentes y en expansión, correspondiéndole al GAMLP el control de autorizaciones y construcciones así como la revisión de la norma y a los promotores del proyecto la inversión en las soluciones que demande el enfrentar este impacto.

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En la imagen de cabecera o imagen destacada, vistas de los dos megaproyectos: «Ciudad Toyosa-World Trade Center La Paz»  y «Nueva Santa Cruz-Ciudad inteligente». Ambas son imágenes promocionales de los proyectos obtenidas de la red.

ALGUNOS HITOS DE LA PLANIFICACIÓN URBANA EN BOLIVIA – PARTE 2

Estoy consciente que los trabajos de planificación urbana que se presentan a continuación no son todos y que, con seguridad hay muchos otros que quedan fuera de esta entrega, sobre todo porque su difusión ha sido insuficiente, pero la investigación no se detendrá.

No he podido encontrar información gráfica del Plan Regulador de Sucre, elaborado en 1974 y creado su Consejo del Plan Regulador en 1976, del que fui  Secretario Ejecutivo de 1978 a 1981.

“Fueron fenómenos de carácter económico-social consecuentes a aquella guerra (Guerra del Chaco 1932-1935), la causa para que a partir de entonces (1935), se inicie un crecimiento paulatino, pero continuado de la ciudad, ciertamente más en extensión que en densidad”.

“A partir de la post-guerra es que se inicia una nueva fase en el desarrollo urbano. Así en 1939 se da comienzo a las obras de pavimentación de las calles a base de asfalto, en sustitución  del antiguo empedrado……”

Jorge Urquidi Zambrana; “La urbanización de la ciudad de Cochabamba y el desarrollo regional y urbano”

1. Plan Regulador de Cochabamba, 1949

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La zonificación de la ciudad (izquierda) que definía una zona comercial y cívica en el centro. A la derecha, la estructura vial propuesta en el plan, mostrando un interesante manejo de vías de primer orden (marcadas con rojo) generando «macro-manzanos» dentro de los cuales se proponen vías de servicio (marcadas con azul) y un gran porcentaje de vías peatonales (marcadas con amarillo); un concepto muy avanzado que, lamentablemente, no se adoptó.

El primer Plan Regulador elaborado en Bolivia, a cargo del Arq. Jorge Urquidi Zambrano. Un plan con una visión amplia desde la macro-región, que incluía el Valle Alto, un análisis de la “región de influencia inmediata” que es un anticipo a lo que sería la configuración de la conurbación del área metropolitana actual. Un plan elaborado con base en las tendencias urbanísticas de la época, enmarcadas en las premisas de la zonificación de la ciudad del movimiento moderno, en el que uno de sus grandes aportes es el de la estructura vial propuesta para el área urbana que, lamentablemente, no se implementó.

2. Revisiones posteriores Plan Regulador de Cochabamba:

2.1 Revisión del Plan Regulador, 1961

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Revisión y ajustes al Plan de 1949. Como se ve en la imagen, la visión de la «región de influencia inmediata» del Plan Regulador es encarada como Región Metropolitana; en esta revisión también participó el Arq. Jorge Urquidi Z.

2.2 Revisión del Plan Regulador, 1967

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Esta revisión incluyó el Proyecto del Parque Nacional Tunari, con la cooperación de la República Federal de Alemania, se construyeron caminos de acceso y vivero forestal y se plantaron una apreciable cantidad de especies forestales (Jorge Urquidi).

2.3 Plan Director, 1981

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El proceso de conurbación ya era una realidad imparable. La previsión de áreas para uso agrícola nunca pudo hacerse efectiva.

2.4 Plan Área Metropolitana Kanata, 2011

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El Área Metropolitana de Cochabamba, Kanata; es la única en Bolivia que, por Ley, ha sido institucionalizada y se ha definido la conformación de sus mecanismos técnicos y políticos para su funcionamiento efectivo.

3. Plan Regulador de Santa Cruz de la Sierra, Philip Lohbauer-TECHINT, 1959-1960

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Plan Regulador de Santa Cruz, llamado «Plan Techint», consolidó la estructura de anillos del sistema vial urbano. (Gráficos extractados del libro «Santa Cruz de la Sierra, Arquitectura y Urbanismo» de Victor Hugo Limpias).

El Consejo del Plan Regulador de Santa Cruz fue la única institución de planificación de las que fueron parte o financiadas por las Corporaciones de Desarrollo (en este caso CORDECRUZ), que se mantuvo vigente luego de la Ley Orgánica de Municipalidades de 1985, lo que permitió seguimiento, evaluación, revisión y ajuste permanentes del Plan Regulador.

3.1 Plano de Usos del Suelo 1969

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Predefinición de la franja de equipamientos entre el tercer anillo interno y el tercer anillo externo, una de las propuestas más interesantes para el Plano Regulador de la ciudad. (Gráficos extractados del libro «Santa Cruz de la Sierra, Arquitectura y Urbanismo» de Victor Hugo Limpias).

3.2 Plan Regulador de 1972

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Elaborado por la Oficina Técnica del Consejo del plan Regulador de Santa Cruz. Ampliación al cuarto anillo y consolidación de la franja de equipamiento. (Gráficos extractados del libro «Santa Cruz de la Sierra, Arquitectura y Urbanismo» de Victor Hugo Limpias).

3.3 Plan Director Ampliado 1977-1978-1982

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Elaborado por la Oficina Técnica del Consejo del plan Regulador de Santa Cruz. Ampliación a más anillos, mostrando el acelerado crecimiento de la mancha urbana. (Gráficos extractados del libro «Santa Cruz de la Sierra, Arquitectura y Urbanismo» de Victor Hugo Limpias).

3.4 Plan Director 1994-1995

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Plan Director 1994-1995, nuevamente se refleja el acelerado crecimiento de Santa Cruz. (Gráficos extractados del libro «Santa Cruz de la Sierra, Arquitectura y Urbanismo» de Victor Hugo Limpias).

4. Plan Regulador de La Paz, 1956

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La imagen superior muestra el, Plan Regulador de 1956 con sus previsiones de áreas forestales en las laderas de alta pendiente así como las áreas de expansión sobre la planicie altiplánica (hoy ciudad de El Alto). La imagen inferior muestra que la migración campo-ciudad llevó a la ocupación de las laderas, haciendo que el Plan Regulador quede obsoleto como se ve en la representación de la situación en 1964. (Gráficos extractados del libro «La Paz» de Álvaro Cuadros B.).

Con la Revolución Nacional de 1952 hubo una creciente intervención del Estado en la política económica y social, dirigiendo recursos a la elaboración de planes de desarrollo urbano y regional. Uno de estos planes fue el Plan Regulador de La Paz, elaborado en 1956 y del que, en menos de 8 años, sus previsiones quedaron obsoletas por la enorme presión que ejerció sobre las ciudades la migración campesina, afectando especialmente con la ocupación de las laderas de pendientes media y alta, contempladas en el plan de 1956 como áreas forestales.

5. Proyecto de Estructuración Urbana de El Alto, 1970

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Propuesta de estructuración urbana muy interesante y con conceptos avanzados para su época, incluyendo tres centralidades urbanas y centros distritales. El gráfico muestra una propuesta muy esquemática. (Gráfico extractado del libro «La Paz» de Álvaro Cuadros B.).

Crecimiento acelerado de El Alto, su superficie se triplica entre 1956 y 1970 por la migración. La Alcaldía elabora el Proyecto de Estructuración Urbana (1970). Este plan es el marco ordenador vial en la actualidad. Por la falta de programación de inversiones, la propuesta es rápidamente superada en los hechos por la especulación del suelo.

6. Plan de Desarrollo Urbano de La Paz, 1977

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Uno de los aspectos más importantes que incluyó el Plan llamado «de los franceses» fue que mostró una realidad que parecía no quererse ver entonces, la dificultad de constructibilidad del territorio urbano (imagen superior). En las imagen inferior se muestra el esquema de desarrollo propuesto, zonificación, equipamientos y estructura vial primaria. (Gráficos extractados del libro «La Paz» de Álvaro Cuadros B.).

En marzo de 1977 se firman los contratos para la elaboración del Plan de Desarrollo Urbano de La Paz, entre la H. Alcaldía y las consultoras estatales francesas “Bureau de Recherches Geologiques” (BRG) y Bureau Central d’Etudes pour les Equipements d’Outremer (BCEEOM), con el fin de, según Álvaro Cuadros B. en su libro “La Paz”, “modernización y eficiencia, se busca modelar la ciudad de manera de hacerla óptima y funcional”. En los objetivos Plan de Desarrollo Urbano se lee: “hallar terrenos urbanizables situados fuera de la Cuenca original y que presenten, en la mayor extensión posible, condiciones climáticas comparables y constructibilidad del suelo adecuadas”“El Plan no logra aplicarse; una crisis en el gobierno central lleva a la destitución del gobierno de la dictadura a fines de 1978 y ello al reemplazo del liderazgo empresarial municipal” (Álvaro Cuadros).

7. Plan de Ordenamiento Urbano de La Paz, 2003-2004

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Pretendió ser un instrumento guía para el ordenamiento de la ciudad y se elaboró buscando integrar todos los planes y programas elaborados, vigentes y en elaboración dentro del Gobierno Municipal. Contaba con un Resumen Ejecutivo con características de documento de trabajo para llevar el Plan a la consulta ciudadana previa a gestionar su aprobación; la nueva gestión no dio continuidad.

La estabilidad y continuidad de un Gobierno Municipal que ha recuperado su capacidad de inversión, permite encarar la planificación y el ordenamiento del territorio municipal y de la ciudad. El año 2002, el Gobierno Municipal crea la Oficialía Mayor de Gestión Territorial para generar una planificación y administración del territorio adecuadas a las complejidades del municipio. El Plan de Ordenamiento Urbano (2003-2004) buscaba convertirse en el instrumento que guiará el crecimiento y ordenamiento del Municipio de La Paz, con una visión territorial-metropolitana-integrada y, fundamentalmente, con una base económica.

La elaboración del POU se ha encarado recuperando planes, programas y proyectos, desarrollados en diferentes períodos y gestiones, vigentes, en elaboración o en ejecución y factibles de aplicación y completándolos con los requeridos por el proceso de Ordenamiento Territorial: Plan de Áreas de Expansión (1997), Plan Maestro de Manejo la Cuenca de La Paz (2004-2006), Plan Urbano de Tráfico y Transporte (1997), Plan Verde (GTZ-1997), etc. Incluía una estrategia de intervención con planes maestros en distintas áreas de la ciudad con base en sus peculiaridades y especificidades físicas, sociales, económicas y culturales. El Plan de Ordenamiento Urbano de La Paz nunca se aprobó ni se puso en vigencia. Fui parte del proyecto como Oficial Mayor de Gestión Territorial.

8. Plan La Paz 2040

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Plan Integral La Paz 2040

Si bien no es un Plan que entra en el campo específico de la Planificación Urbana, este plan de largo aliento para el desarrollo del Municipio de La Paz, tiene componentes importantes para la visión de la ciudad de La Paz; en él se incluye, además de una visión metropolitana, el concepto de ciudad compacta y policéntrica, dando paso a un Programa de centralidades que ha tenido importantes actividades en la gestión 2018. Fui parte en una etapa de su elaboración como consultor en urbanismo.

9. Programa de Apoyo a la Aplicación de Políticas en Asentamientos Humanos PRODEMU 1998

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Los de tapa azul son documentos elaborados como Documentos de Apoyo a la Ley de Ordenamiento Urbano, los de tapa verde son Documentos  de Normativa de la Planificación de los Asentamientos Humanos para apoyar a los gobiernos municipales en procesos de planificación y los de tapa amarilla son también para apoyar a los gobiernos municipales para encarar el Mejoramiento de las Funciones Urbanas. El último (amarillo) es un trabajo de planificación elaborado como ejemplo para el uso de los instrumentos que contienen los documentos.

Puesta en marcha la municipalización del territorio a partir de la Ley de Participación Popular, se desarrolló el PRODEMU (Banco Mundial) para apoyar a los gobiernos municipales en la aplicación de políticas y estrategias para el desarrollo de sus asentamientos humanos, elaborando documentos guía, asimismo, se elaboraron documentos para apoyar en la generación de una Ley de Ordenamiento Urbano. Lamentablemente, nunca se usaron. Fui parte del proyecto como Consultor.

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La imagen de cabecera (imagen destacada) corresponde al Esquema Director de Tihuanacu, elaborado como ejemplo de uso de los documentos normativos y guías preparados como parte del PRODEMU (Banco Mundial) en 1998, del que tuve el honor de ser parte como Consultor bajo la dirección del maestro Arq. Carlos Calvimontes Rojas.

ALGUNOS HITOS DE LA PLANIFICACIÓN URBANA EN BOLIVIA – PARTE 1

Un repaso rápido de los momentos más importantes para la planificación en Bolivia; iniciaremos con los antecedentes históricos, continuaremos con los instrumentos legales y normas que posibilitaron los procesos de planificación y concluiremos mostrando algunos de los más importantes trabajos de planificación urbana desarrollados en el país.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

Hacia 1900

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Sistema Urbano-regional hacia 1900 según Álvaro Cuadros B. en «Ciudad y Territorio. La construcción del espacio nacional» (Cooperación Holandesa en Bolivia), 1996

El poder político y la sede del gobierno se trasladan al norte (La Paz), lo que genera debilidad en Sucre y su región, en Tarija, en el territorio del Chaco y, en un plazo mayor, en Potosí. Se rompe la articulación con la economía agrícola de Santa Cruz. En el occidente se mantiene la distribución de la población. En el oriente, se produce un desplazamiento de población de Santa Cruz y Beni hacia áreas productoras de goma de la Amazonía.

Apertura Avenida Central 1913 – 1941

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Imagen superior, propuesta del concurso para la Av. Central del Arq. Julio Mariaca (extractada de «La Arquitectura Contemporánea en Bolivia, Colegio Departamental de Arquitectos de La Paz). Imagen inferior, trazo de la Av. Central para la ejecución de obras (extractada de «Arquitectura Historicista» de José Luis Costa B.)

En enero de 1913 la H. Alcaldía de La Paz, a través de la Dirección de Ingeniería, a la cabeza de la cual se encontraba el Arq. Emilio Villanueva, convoca a concurso para el Proyecto “Gran Avenida Central”, premiando al único proyecto presentado del Arq. Julio Mariaca. Hoy, luego de su apertura a partir de 1935, la conforman las avenidas Montes y Mariscal Santa Cruz

Diseño Urbano de Miraflores 1929 – 1941

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Arriba: Proyecto para Miraflores del Arq. Emilio Villanueva (imagen extractada de «La Paz» de Álvaro Cuadros B.). Abajo, izquierda, imagen de Google Earth de Miraflores actual; imágenes de la derecha, arriba la Av. Bush  y abajo la Plaza Triangular (Plaza San Martín), componentes del proyecto para Miraflores. Ambas imágenes son de antes de su destrucción por el proyecto teleférico.

Encargado al arquitecto Emilio Villanueva, elaborado entre 1927 y 1929 e implementado desde 1941, además de sus trazos viales, incluía áreas de equipamiento, plazas y áreas verdes.

Apertura Avenida Camacho 1935 – 1941

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Trazo vial de la Av. Camacho que muestra su relación con la Av. Mariscal Santa Cruz (Av. Central). Vista de la Av. Camacho, en una fotografía de finales de los años 50’s del Siglo XX, mostrando el eje visual hacia el nevado Illimani.

Complemento importantísimo de la Av. Central y del Proyecto Miraflores, es también diseño del Arq. Emilio Villanueva; su trazo tiene un eje dirigido desde la Av. Central (Av. Mariscal Santa Cruz) hacia el nevado Illimani, antes de girar hacia Miraflores.

Barrio Ferroviario, Laikakota 1943

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Vistas del Barrio Ferroviario, extractadas de «La Arquitectura Contemporánea en Bolivia» del Colegio Departamental de Arquitectos de La Paz

El primer conjunto de viviendas de interés social para trabajadores ferroviarios, proyecto del Arq. Luis Villanueva.

LOS HITOS DE LA PLANIFICACIÓN URBANA – Legislación y normativa

Revolución Nacional de 1952

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Monumento a la Revolución Nacional, Plaza Villarroel, La Paz, Arq. Hugo Almaraz. Derecha, vista exterior, izquierda, parcial de un mural de Walter Solón Romero en el interior. Fotografías de Carlos D. Mesa

Con la Revolución Nacional de 1952 hubo una creciente intervención del Estado en la política económica y social, dirigiendo recursos a la elaboración de planes de desarrollo urbano y regional.

Creación del Ministerio de Urbanismo y Vivienda

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Edificio «Almaraz», ubicado en la esquina de la Av. 20 de Octubre y la calle Fernando Guachalla, en Sopocachi, donde funcionó el Ministerio de Urbanismo y Vivienda.

Mediante instrumentos legales, (Ley de Bases de abril de 1970 y Ley Orgánica del MUV D.S. Nº 11084 de 19 de septiembre de 1973), se modifica la estructura político-administrativa del Estado y se crea el Ministerio de Urbanismo y Vivienda, dentro del proceso de implementación de la Estrategia Socio-Económica del Desarrollo Nacional, con el propósito de delinear y ejecutar las políticas de ordenamiento del espacio físico y la vivienda. Actualmente, las políticas urbanas están a cargo del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo en el Ministerio de Obras Públicas.

La Ley Orgánica de Municipalidades 10 de enero 1985

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Vistas de la ciudad de Potosí; a la derecha, arriba, el edificio de la Alcaldía de Potosí; abajo una vista nocturna de la Casa de la Moneda

La Municipalidad, como gobierno local autónomo es la entidad de derecho público, con personalidad jurídica reconocida y patrimonio propio, que representa al conjunto de vecinos asentados en una jurisdicción…….” (Artículo 1º). La autonomía del gobierno municipal se ejerce a través de: la libre elección de sus autoridades, la facultad de recaudar recursos e invertirlos, la programación y ejecución de toda gestión técnica, administrativa, jurídica, económica, financiera, cultural y social……………. (Artículo 2º). La formulación y evaluación de planes y programas de desarrollo del Radio Urbano son de responsabilidad de las Municipalidades, a cuyo efecto constituirán organismos internos de planificación urbana creando y coordinando los existentes. (Artículo 50).

Proyecto de Reglamentación de la Ley Orgánica de Municipalidades: Fortalecimiento y Ordenamiento Institucional para la Planificación Urbana 1985

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Edificio de la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ), actualmente es la sede de la Gobernación del Departamento de Santa Cruz

Integrar el proceso de Planificación Urbana al Sistema Nacional de Planeamiento. Propiciar el ordenamiento institucional referido a la planificación urbana en los niveles nacional, regional y local. Coadyuvar al fortalecimiento de los gobiernos municipales. Fijar y compatibilizar las funciones institucionales que intervienen en los procesos urbanos, definiendo ubicación, jurisdicción y competencia. Entidades: Ministerio de Urbanismo y Vivienda, Gobiernos Municipales, Consejos de Planes Reguladores, Oficinas Distritales de Catastro, Empresas de Servicios Públicos. (Fue mi proyecto como Viceministro de Urbanismo (1985), quedó como proyecto, sin apoyo político).

Ley Nº 1551 – Ley de Participación Popular 20 de abril de 1994

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Mapa con las jurisdicciones de los 339 municipios de Bolivia, división política resultante de la Ley de Participación Popular y de municipios de nueva creación; el mapa está sobrepuesto a imágenes  de los edificios de las alcaldías de Sucre, Tarija, Oruro y Santa Cruz.

Reconoce la personalidad jurídica de las Organizaciones Territoriales de Base. Delimita como jurisdicción territorial del Gobierno Municipal a la Sección de Provincia. Amplía competencias e incrementa recursos a favor de los Gobiernos Municipales, y les transfiere la infraestructura física. Transferencia de recursos provenientes de los Ingresos Nacionales a favor de los Gobiernos Municipales y Universidades Públicas, esta coparticipación tributaria se distribuirá entre  las municipalidades en función del número de habitantes de cada jurisdicción municipal.

Ley Nº 2028 – Ley de Municipalidades 28 de octubre de 1998

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La infraestructura de salud y de educación son responsabilidad de los gobiernos municipales. En la imagen, hospitale municipales de La Portada, Los Pinos, La merced y Cotahuma

Actualiza la Ley Orgánica de Municipalidades con base en la nueva organización territorial y las nuevas atribuciones establecidas en la Ley de Participación Popular y define municipio, municipalidad y gobierno municipal y las competencias municipales en infraestructura, administración y finanzas, defensa del consumidor, de servicios y sobre temas de planificación municipal.

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En la imagen de cabecera (imagen destacada), uno de los gráficos (Plan Regional) de «La Urbanización de la Ciudad de Cochabamba y desarrollo Regional y Urbano» del Arq. Jorge Urquidi Zambrana, a cuyo cargo estuvo el equipo para la elaboración del Plan Regulador de Cochabamba de 1949.

URBANIZACIÓN Y PAISAJE

Con la ocupación del territorio producida por los 470 años de consolidación de la ciudad de La Paz, desde su fundación por los españoles en 1548, es muy difícil imaginarse lo que los conquistadores encontraron en el Valle del Chuquiago; por lo que se sabe, encontraron un valle fértil, con la poderosa presencia del nevado Illimani y asentamientos dispersos, iniciados bajo el influjo de la explotación de oro y, luego, dedicados a la agricultura. Una topografía compleja, regada por muchos cursos de agua de cinco cuencas hidrográficas, tan compleja que llevó a la administración de los conquistadores a considerar su traslado, al poco tiempo de su fundación, también por el agotamiento de las minas de oro.

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Las fotos de la izquierda, si bien no son del valle de Chuquiago (son de Sorata y «Río Abajo»), dan una idea de cómo pudieron haber visto los españoles el territorio al llegar al valle, su paisaje natural con pequeños asentamientos humanos. A la derecha, arriba, un gráfico, extractado del libro «La Paz» de Álvaro Cuadros B. (2004) que muestra la hidrografía del valle antes de su ocupación por la ciudad de La Paz; actualmente, esos cursos de agua, son el sistema de alcantarillado urbano. Abajo, a la derecha, la imagen satelital de «Google Earth» que muestra la mancha urbana de La Paz en la actualidad (2018).

Es obvio que para los conquistadores la fuerza y belleza sobrecogedora del paisaje era el argumento menos importante para valorar el nuevo asentamiento, pero ahora el paisaje natural del área de asentamiento de la ciudad de la ciudad de La Paz es uno de sus valores más importantes, motivo fundamental de su denominación como «ciudad maravilla». Sin embargo, es seguro que no todos están de acuerdo con esta importancia, la presión de la urbanización se ha “dedicado” a destruir estos valores, por tanto, a transformar de forma inmisericorde ese paisaje, transformación en la que, como no puede ser de otra manera, el negocio inmobiliario, sin importarle mucho, tiene la mayor responsabilidad, como también la tiene el estado. Hace pocos meses nos hemos enterado de las concesiones mineras en el nevado Illimani, un golpe muy doloroso para el más significativo emblema del paisaje natural de La Paz, que parece no causar preocupación en nadie, tampoco en las autoridades.

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El avasallamiento de áreas protegidas municipales y de áreas paisajísticas de la ciudad parece ser irreversible, la ocupación por «loteadores de cuello blanco» de tierras que, en virtud de lo establecido en la Ley de Reforma Agraria, debieron ser del estado, no tiene control y se respalda en documentación cuyo origen es inexplicable.
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Este gráfico muestra información oficial (2013) de cómo las áreas protegidas municipales son invadidas (manchas rojas) con muy pocas posibilidades para el Gobierno Municipal de ejercer un control efectivo para su preservación. (Gráfico del estudio de Yamil Maidana Tuco, Carrera de Biología de la UMSA, publicado por Página Siete)

Ya me he referido antes al oscuro y, sin lugar a dudas, corrupto manejo de la documentación y la legalidad de la propiedad rural posterior a la Reforma Agraria (1953), lo que ha permitido, y lo sigue haciendo, un proceso de urbanización con una ocupación indiscriminada, descontrolada y hasta irresponsable del territorio, generando grandes problemas de vulnerabilidad e inseguridad a los que se suma la destrucción del paisaje natural. Vanos son los esfuerzos del GAMLP para preservar las áreas protegidas municipales, la invasión de “loteadores” que exhiben documentación de derechos propietarios fraguada a lo largo de años, que aprovechan indefiniciones jurisdiccionales (límites intermunicipales) y que demuestran una total falta de respeto por la norma y por los incipientes esfuerzos de planificación.

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A pesar de las dolorosas experiencias que conmovieron a la ciudad en años pasados («febrero negro», 2002 o «megadeslizamiento», 2011, fotos de la izquierda), se siguen generando irresponsables asentamientos en áreas de riesgo (imagen centro, ladera oeste), las que, técnicamente se ha demostrado, se presentan en amplias áreas de la mancha urbana, lo que obliga al GAMLP a realizar importantes inversiones en prevención de riesgos (imágenes derecha). No sólo es un problema de paisaje urbano, es un tema de seguridad.
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La arquitectura, obviamente, tiene un rol fundamental en el paisaje y el medio ambiente urbanos. En la foto inserta arriba, a la derecha, se ve lo que yo considero un error del maestro Juan Carlos Calderón (es mi opinión personal y sostengo que errar es humano), una propuesta arquitectónica algo «pretenciosa» en un intento de «diálogo» de la obra con la naturaleza; no obstante ese error, la arquitectura del edificio muestra la calidad innegable de la obra del maestro. El proyecto original de Calderón siempre fue de dos torres, la segunda se construyó recientemente (2018), después de muchos años de su concepción, pero, lamentablemente, se hizo una CARICATURA de la propuesta arquitectónica del maestro, esto sí que es pretencioso en extremo!!!
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La contaminación visual es realmente preocupante, la proliferación de cables aéreos, además de las condiciones de inseguridad que generan, deterioran el paisaje y el ambiente urbanos; irónicamente,  el edificio patrimonial detrás de la maraña de cables en la foto del centro, a la izquierda, es el Palacio Consistorial (Alcaldía) y el de la foto inferior a la izquierda es el edificio conocido como «Palacio Chico» y es el Ministerio de Culturas. La proliferación de carteles, propagandas y anuncios producen una imagen caótica, poco estética y totalmente desvalorizada de la ciudad. (Las imágenes sobre cableados, usadas en la composición, pertenecen al diario Página Siete y a BETM)

El paisaje urbano no solamente depende de la configuración natural del territorio en el que se asienta la ciudad, su calidad se logra con la calidad del espacio público, con la arquitectura que lo conforma, con los componentes físicos de sus sistemas de servicios y redes. La gran contaminación visual en el paisaje urbano es responsabilidad de las instituciones proveedoras de servicios (cables, postes, cabinas) así como de las empresas comerciales (propaganda, avisos) a las que poco o nada les preocupa la calidad del espacio público, del ambiente o del paisaje urbano, mientras su negocio esté asegurado y, lamentablemente, lo aceptamos así, lo usamos así y la autoridad lo consiente así.

La imagen de cabecera (imagen destacada) es una vista impresionante de la ciudad de La Paz y su paisaje natural; fotografía de Isacc Mamani (2018)

SAN MIGUEL ¿UN CENTRO MONOFUNCIONAL?

El urbanismo de la modernidad, surgido de la visión de ciudad de los maestros de la arquitectura del Siglo XX, “puesto en vigencia” con la Carta de Atenas de 1933 (IV CIAM), cuyo manifiesto fue publicado por Josep Lluis Sert y Le Corbusier en 1942, apostó, desde una visión funcionalista y “eficientista”, por la zonificación de la ciudad en áreas para habitar, circular, trabajar y recrear (el cuerpo y el espíritu: salud, educación, esparcimiento, etc.). Estas ideas, que nunca lograrían integrar la ciudad, estuvieron vigentes hasta los años 60’s, demostrándose, con su aplicación en el tiempo, que la ciudad y, sobre todo, sus habitantes, no aceptan áreas mono-funcionales, resultantes de la zonificación y demandan se entiendan, acepten y valoren sus pre-existencias ambientales, culturales e incluso formales.

El urbanismo ahora requiere áreas multifuncionales, es decir, áreas en las que se sobreponen funciones varias y en las que la vivienda es, y debe ser, el uso preferencial y el espacio público el componente clave que apoye a dar respuesta al aspecto de la dialéctica movilidad-centralidad que plantea el urbanismo contemporáneo.

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Edificios comerciales (oficinas, tiendas y locales) que proliferan en el barrio de San Miguel, camino a la mono-funcionalidad; llama la atención la desproporción entre el uso del suelo en construcción y las dimensiones del espacio público, reducido a una calzada amplia, en la que el estacionamiento vehicular es ya un problema, y a exiguas aceras sin ningún aporte a la calidad del ambiente urbano, mala calidad agravada por la presencia de cables y postes y la escasez evidente de vegetación. (Fotografías propias).

Valga esta introducción para expresar la enorme preocupación por lo que la norma vigente (Ley de Uso del Suelo Urbano-LUSU) ¿o las condiciones de su aplicación? están provocando en la zona de San Miguel, parte fundamental de la Centralidad Sur. En los últimos años, el “boom” de la construcción ha producido una gran cantidad de edificios nuevos en San Miguel, pero, como la visión del negocio inmobiliario apunta a atender demandas sin tener en cuenta la necesidad de la ciudad, la inmensa mayoría de estas nuevas edificaciones son edificios de uso comercial, oficinas y plantas bajas de locales y algunos hoteles, construidos en apego a la norma.

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El comercio iluminado hace el exiguo espacio público algo atractivo para el peatón, a pesar de la imagen caótica que, para el caso, parece interesante. Estos negocios cierran y no mantienen esa iluminación, por lo que, a cierta hora, esta área pierde esa especie de «encanto» que luces y colores de la exposición pueden darle. La congestión vehicular, el déficit de estacionamiento, la mala calidad del tratamiento de aceras, la falta de espacio verde y el escaso diseño son características que el ciudadano de a pie, «acostumbrado» a ellas, parece no ver. (Fotografías propias)

Es indudable que el rendimiento del costo de construcción de plantas libres para oficinas es bastante mejor para la rentabilidad de los promotores inmobiliarios y los constructores que lo que permitirían las elaboradas plantas que requiere la vivienda, por lo que poco interesa a estos actores sociales, que hacen ciudad, que se esté mono-funcionalizando un área muy importante de la Centralidad Sur. La norma y su aplicación apoyan esta situación, la norma debe ser más contundente respecto de su definición para aportar a una estrategia dirigida al logro de la multifuncionalidad y requerir, obligatoriamente, que un porcentaje del área construida se destine a vivienda, en edificaciones de uso mixto que, además de soluciones arquitectónicas más interesantes, permitirían lograr un mejor ambiente urbano.

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Los primeros edificios que reemplazaron a las viviendas unifamiliares de la «Urbanización San Miguel» original, de hace algo más de 20 años, fueron de vivienda (primer plano imagen de la izquierda), con retiro que, aunque enrejado, aportaba algo de verde a la ciudad como también el tratamiento de acera con vegetación, los edificios más recientes son de oficinas, con retiro abierto pero sin vegetación, el comercio no la quiere. En la imagen de la derecha, un edificio que, aunque muestra una excesiva ocupación de terreno (la norma se lo permite), logra una solución de uso mixto, tres plantas comerciales y cuatro de vivienda, mostrando que es posible aplicar esta lógica; la norma debe adaptarse a la necesidad estratégica de un área multifuncional. A la derecha de la imagen, una vivienda unifamiliar sobreviviente al empuje inmobiliario ¿hasta cuando lo logra?  (Fotografías propias)

Los locales comerciales (tiendas, almacenes, “boutiques”, cafés y restaurantes) mantienen la vitalidad de la zona hasta ciertas horas, las oficinas se vacían más temprano y algunos locales de recreación funcionan, fines de semana, hasta algo más tarde. Es la vivienda la que tiene la capacidad de mantener viva y más segura un área urbana, es la vivienda la que demandará la generación de espacio público, hoy reducido a la vía (calzada y deficientes aceras), es la vivienda la que provocará el ordenamiento y dimensionamiento del equipamiento social y debe ser la vivienda la que atraiga, normalice y demande variedad en la actividad comercial.

La imagen de cabecera (imagen destacada) es una composición propia que muestra, a la izquierda, el diseño de la «Urbanización San Miguel» (años 60’s del Siglo XX), sobre lo que fuera un hipódromo, era una urbanización de viviendas unifamiliares sobre terrenos de 300 m2 (imagen de Google Earth-2018), a la derecha una vista actual desde el noreste (Fotografía Drontec S.R.L., publicada en el Diario La Razón).

Las instituciones públicas NO son propietarias.

Las formas de propiedad que establece la Constitución Política del Estado son la propiedad pública y la propiedad privada, y dentro de ésta reconoce la propiedad cooperativa y la propiedad comunitaria. Respecto de la propiedad privada, en su Artículo 56 señala: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que ésta cumpla una función social”. Para efectos de uso público de la propiedad privada, según requerimientos de la planificación y demostrada la necesidad de utilidad pública, se prevé el mecanismo de la expropiación vía la compensación justa.

El Alto1a
Esta enorme área en medio de la ciudad de El Alto es el Aeropuerto Internacional. Como ha ocurrido en otras ocasiones, en caso de que el aeropuerto fuera trasladado a otro lugar, entrando éste en desuso, toda esta área de propiedad pública pasaría a manos (¿en «propiedad»?) de la Fuerza Aérea, ¿por qué?, se alegan razones de seguridad nacional. El traslado del aeropuerto es un tema de discusión de muchos años y la integración espacial de la ciudad de El Alto lo requiere, pero debe evitarse el absurdo de privar a la ciudad de un área que permitiría el desarrollo de importantes proyectos urbanos, entregándosela a la Fuerza Aérea.

Respecto de la propiedad pública, el Artículo 339 de la Constitución establece: “Los bienes de patrimonio del Estado y de las entidades públicas constituyen propiedad del pueblo boliviano, inviolable, inembargable, imprescriptible e inexpropiable; no podrán ser empleados en provecho particular alguno. Con estas premisas, ¿por qué se considera que existe “propiedad de las Fuerzas Armadas” o “propiedad de la Policía Boliviana” e incluso “propiedad” del Ministerio “Tal” o del Ministerio “Cual”?, la propiedad municipal no es “de la Alcaldía” o “del Gobierno Municipal”, es del municipio (entendiéndose municipio como población y territorio de una jurisdicción), todas esas “propiedades” son “del pueblo boliviano”, de todos.

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En Irpavi, toda el área delimitada por la línea roja (foto izquierda) se considera «propiedad de las Fuerzas Armadas». El área marcada con mancha celeste fue objeto, en los años 90’s, de un largo juicio contra el Gobierno Municipal, éste defendía el área para equipamiento social y áreas verdes (uso público); las FFAA «lograron» hacerse de esos terrenos para disponerlos a su criterio. Un 30% de esa superficie fue cedido «en comodato» para la construcción y funcionamiento del Megacenter, un negocio privado; a la conclusión del plazo del comodato, si no hay renovación, esa infraestructura y el negocio (?) serán «devueltos» a las FFAA. La franja verde (derecha de la foto) está marcada como Área Forestal en los planos de la Ley de Usos del Suelo Urbano, la mancha amarilla muestra ocupación, por parte del Colegio Militar, con construcciones.

Este es un aspecto fundamental para la planificación y el ejercicio pleno de la autonomía municipal que, imprescindiblemente, debe considerarse en la formulación de la Política Nacional para el Desarrollo Integral de Ciudades, formulación que está en proceso con el apoyo de ONU-Habitat al Viceministerio de Vivienda y Urbanismo.

La Constitución reconoce como competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos en su jurisdicción: la elaboración de planes de ordenamiento territorial, el desarrollo urbano y los asentamientos humanos urbanos (la restricción sobre los asentamientos rurales ya fue vista en otra entrega y es un absurdo que limita la autonomía municipal) así como la planificación del desarrollo municipal, por lo que la definición de usos del suelo, con base en el principio de primacía del bien común (de todos y de la ciudad) sobre el interés particular, puede requerir de espacios de propiedad pública, administrados por instituciones del estado, para equipamientos, servicios, espacios públicos o áreas verdes, como lo requiera el proceso de planificación del desarrollo de la ciudad.

Miraflores3
Desde el proyecto de Miraflores, encargado al arquitecto Emilio Villanueva, elaborado entre 1927 y 1929 e implementado desde 1941 (el proyecto en la imagen superior, extractada del libro «La Paz» de Álvaro Cuadros Bustos de 2004), el área delimitada con línea roja en la imagen inferior estaba destinada a equipamiento y, concretamente, a Hospital General. En el proceso de ejecución, el área de equipamiento se dividió en dos partes, la de la derecha (imagen inferior) es el área de equipamientos de salud y la de la izquierda es el Gran Cuartel de Miraflores (FFAA). La institución militar ha insistido en tener «derecho propietario» sobre el área manchada con rojo, área municipal marcada en el plano de la Ley de Usos del Suelo Urbano como «Aires de Río»; por los cercos que se han construido en los últimos meses, parece haber logrado su cometido (¿debilidad del Gobierno Municipal? o la fuerza ¿pisotea la ley?). La mancha amarilla muestra construcciones privadas que no debieran haber existido.

Esta definición de usos del suelo, conforme a lo planificado, y el uso mismo de estas áreas administradas por entidades públicas, demostrada la necesidad de utilidad pública, no debiera requerir de mayor trámite que el de asegurar la dotación de los espacios necesarios para el funcionamiento de la entidad a desplazar y disponer de ellas, según el requerimiento planificado, para efectivizar en el territorio planes, estrategias y proyectos de desarrollo urbano.

¿Evitar viaductos?

Indudablemente estamos en la etapa de requerir la construcción de viaductos y grandes soluciones de infraestructura vial, obras importantes a la vez que caras, para resolver problemas de circulación vehicular que se iniciaron hace años y se fueron agravando a causa de un incremento desproporcionado del parque vehicular, una “política” del gobierno central que genera la descontrolada “importación” (entre comillas porque incluye contrabando) de vehículos, lo que también afecta al caótico “sistema” (entre comillas porque no es sistema) de transporte público que, a pesar de los logros, aun falta mucho para consolidar un transporte masivo.

Aunque los proyectos de este tipo para La Paz, en proyecto y en ejecución, parecen resolver bien los problemas que encaran, este tipo de problemas reaparecerá en otros puntos y demandará atención con requerimientos cada vez mayores, porque estos problemas de movilidad focalizados no son “el problema”, el problema está en la ciudad, por lo que las soluciones deben enfocarse en “cambiar” la ciudad, lo que demanda ordenamiento territorial, un plan que no quede en el papel, sino un ordenamiento planificado e implementado. Esta implementación requiere, sin duda, de recursos de inversión y la planificación implica renunciar a los “proyectos estrella” y a las ceremonias de “corte de cinta” en beneficio de pensar las soluciones para racionalizar las inversiones.

Centralidades1
Las «centralidades» identificadas por el Gobierno Municipal de La Paz, un buen trabajo a partir del análisis de los centros de concentración de actividades en la ciudad. No estoy de acuerdo con el esquema del gráfico que muestra centralidades como «subsidiarias» del Centro Histórico y del Centro Sur, las centralidades deben funcionar con autonomía, al mismo tiempo de formar parte de un sistema.

Cambiar la ciudad implica ordenar el espacio urbano para poner los servicios al alcance de la población con menos demanda de transporte, menos tiempo de recorrido y más ahorro de energía y ello se logra haciendo efectiva una estrategia que ya está en el Plan La Paz 2040: “ciudad compacta y policéntrica”. Lamento parecer demasiado insistente con el tema de las centralidades, pero son la posibilidad cierta de una solución estructural, por tanto, no son simplemente “un programa”, son una estrategia que involucra al Gobierno Municipal tanto como a nuestro mal inquilino, el aparato del gobierno central, como al gobierno departamental, de quienes debemos pedir más voluntad política y menos “politiquería”, también compete, y mucho, al sector privado y a la población en general.

Cambiar la ciudad implica la tantas veces mentada desconcentración de actividades, la expresión física en el territorio de la descentralización de servicios a los que debe acceder la población, lo que demuestra el poco criterio con el que se han construido: el mamotreto de la llamada “casa del pueblo” (alberga tres ministerios además de los espacios del presidente), la ampliación de la Corte de Justicia (calle Socabaya) o el enorme edificio de Impuestos Nacionales en la Zona Sur y otras infraestructuras del gobierno central.

Centralidad La Portada
El barrio La Portada, elegido por la Alcaldía de La Paz para la implementación de la primera centralidad a partir del impacto generado por el nuevo Hospital Municipal de segundo nivel. Centralidades es un programa municipal que está promoviendo, a través de concursos, los diseños de los nuevos centros. Desde mi punto de vista, corre el riesgo de convertirse en un programa de infraestructuras, dado que no ha logrado articular la participación comprometida de los otros niveles de gobierno y del sector privado. «….. los vecinos aún se muestran incrédulos», un vecino opina: «han construido el hospital y el retén policial, pero no creo que hagan cosas grandes…… si lo hacen a mí me conviene   porque el centro ya está muy lleno» (Diario Página Siete, 2 de mayo de 2017,  bajo el título «La primera centralidad de la urbe paceña es La Portada»)

Desconcentrar requiere llevar los servicios al alcance de la gente y, en lugar de grandes infraestructuras institucionales, hacer varios, más proporcionados y muy funcionales edificios, repartidos en las nuevas centralidades para los servicios de gestión como trámites judiciales (juzgados), pago de impuestos, registros en derechos reales, correos, oficinas de las empresas que administran los servicios básicos (agua, energía, comunicaciones), trámites municipales (en esto hay avances importantes, aun insuficientes). Pero, además, la proporción de estas oficinas de servicios depende de cuán capaces pueden ser las instituciones públicas, también las privadas (la banca y el comercio ya están desconcentrados), de aprovechar las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC’s) en la prestación de servicios al ciudadano.

Seguiremos tocando el tema en entregas posteriores, por su magnitud e importancia, porque la solución implica más de lo expresado, porque la propuesta tiene, aún, vacíos que deben pensarse y porque se necesitan soluciones estructurales.

Imagen destacada (encabezado): mosaico fotográfico con vistas de los proyectos del Viaducto San Martín (Plaza Triangular, arriba), Viaducto Belisario Salinas (abajo izquierda), Viaducto San Ramón (abajo derecha).

Avasallando la Propiedad Pública

Son muchos los frentes de presión que la ciudad debe contener para conservar las oportunidades que, a través de la normativa, se ha pretendido generar para mejorar su calidad ambiental y preservar sus áreas públicas. Esos frentes están fortalecidos por:

  • la indefinición de límites,
  • la especulación inmobiliaria,
  • la irresponsabilidad de profesionales,
  • el manejo discrecional de derechos propietarios y
  • la debilidad del control de la administración municipal.

La Ley de Reforma Agraria (1953), al referirse a la “propiedad agraria” y sus formas, en su Artículo 4 define que “pertenecen al dominio patrimonial del Estado las tierras baldías, las que reviertan por caducidad de concesión o por cualquier otro concepto, las tierras vacantes que se hallan fuera del radio urbano de las poblaciones…..”. Entiéndase por tierras baldías y tierras vacantes aquellas áreas no aptas para la actividad agropecuaria, tales como cerros taludes, tierras con pendientes elevadas, aires de río, etc.

En los ejemplos siguientes veremos cómo estas determinaciones legales no han tenido posibilidad de aplicarse y las áreas que, por ley, se consideran de “dominio público”, se han incluido como tierras de propiedad privada, con base en manejos ilegales y hechos de corrupción producidos durante más de 60 años y sin capacidad de control alguno dada la discrecionalidad y la poca rigurosidad en el manejo de la información (los organismos de la Reforma Agraria, Derechos Reales, Catastro Rural, INRA, etc.). 

Ejemplo 1: Área de Achumani – Distrito 18

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Área de Achumani, al este de la Av. Alexander. El círculo azul muestra los movimientos de tierra y el inicio de ocupación en un área que, en la Ley de Usos del Suelo (LUSU), está marcada como «P1 (verde oscuro): Preservación del Paisaje Natural». En el mismo plano de la LUSU, se tiene el área definida como «P2 (verde claro): Preservación del Paisaje Natural con Respaldo Legal»; no obstante esta «vehemente aclaración», véase la ocupación marcada por los círculos amarillos. El círculo rojo muestra la ocupación del área P1 y, nótese en la parte inferior del círculo en la foto, con una topografía complicada y, en la foto del plano de norma, marcada con patrón «3: Construcción en media y baja pendiente». La definición de áreas de «preservación paisajística» responde a la consideración de las características topográficas («tierras baldías» y «tierras vacantes» según la Ley de Reforma Agraria, por tanto «de dominio público») y calidad del suelo para edificación.

Ejemplo 2: Área de Irpavi – Distrito 18

Irpavi3
Área de Irpavi, en el sector donde, el 26 de febrero de 2011, se produjo uno de los más graves deslizamientos de la historia de la ciudad. (Más información en: https://es.scribd.com/doc/111166928/INFORME-MEGADESLIZAMIENTO). El círculo azul marca el área del deslizamiento con los trabajos realizados por la administración municipal; no obstante la gravedad del evento, la norma mantiene el patrón de asentamiento «4P-R: Construcción Pareada en Área de Riesgo» (¿?). Los círculos amarillos muestran la ocupación de áreas definidas como «P1 (verde oscuro) y P2 (verde claro): de preservación paisajística» y «AV: Áreas Verdes» (verde-amarillo). El círculo rojo muestra la ocupación de un «área de preservación paisajística» con un proyecto de un conjunto de edificios multifamiliares. La definición de áreas de «preservación paisajística» responde a la consideración de las características topográficas («tierras baldías» y «tierras vacantes» según la Ley de Reforma Agraria, por tanto «de dominio público») y calidad del suelo para edificación.

Ejemplo 3: Área de Pura Pura y Achachicala – Distritos 10 y 11

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Área de Pura Pura (Distrito 10, izquierda) y de Achachicala (Distrito 11, derecha). Los círculos rojo y amarillo muestran avance de asentamientos sobre el Bosque de Pura Pura, el pulmón más importante de la ciudad. El círculo azul muestra la ocupación del área que, en la LUSU, está marcada como «AF: Áreas de Forestación y Alta Pendiente». La definición de áreas de «forestación y alta pendiente» responde a la consideración de las características topográficas. («tierras baldías» y «tierras vacantes» según la Ley de Reforma Agraria, por tanto «de dominio público»).

¿Cómo pasaron de propiedad pública a privada? ¿Cómo las «tierras baldías y vacantes» lograron título agrario (el título en el que seguramente se basan estas ocupaciones)?

Fotografía de encabezado (imagen destacada): la Ladera Oeste de La Paz, fotografía de Tommy Sdenek Aliaga Solares (2015).

“RADIO URBANO”, UNA DELIMITACIÓN INNECESARIA

¿Qué es el “radio urbano”?

En la normativa vigente se encuentran definiciones para radio urbano o área urbana como: “porción del territorio continuo o discontinuo con uso de suelo urbano, con la consideración de la tipología de la edificación, según niveles de habitabilidad y tomando en cuenta la compatibilidad funcional y ambiental”[1]. Al momento de normar el proceso para homologar áreas urbanas, las definen como:“porción de territorio continuo o discontinuo con edificaciones y espacios configurados físicamente por un sistema vial que conforma manzanos y predios destinados a la residencia y al desarrollo de actividades económicas predominantemente del sector secundario y terciario; que cuenta con un asentamiento humano concentrado, servicios básicos de agua potable, energía eléctrica, provisto de equipamientos de educación, salud, recreación, comercio, administración; comprende sub-áreas: intensiva, extensiva, productiva agropecuaria y protección, según las características territoriales del municipio”[2].

Delimitación del “radio urbano”

Hay presión sobre las ciudades por efecto de las dinámicas del crecimiento poblacional y la demanda de “suelo urbano”, generando cambios de actividad del patrón productivo, no obstante que, desde la Ley Nº 144  de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, (2011), se busca garantizar la producción de alimentos, regular el uso de suelos para proteger la conservación de áreas aptas para producción agropecuaria, “evitando la expansión de poblaciones urbanas en detrimento de las áreas productivas”, estableciendo la necesidad de identificar áreas de vocación productiva en la periferia urbana, en las que sólo sería posible asentamientos humanos que combinen espacios de vivienda con los de producción agropecuaria.

La delimitación de área urbana de la ciudad de El Alto (La Paz, Bolivia) de 2014. Los efectos de parcelamiento y transferencia de terrenos en áreas sin servicios y sin infraestructura; expansión excesiva con asentamientos de muy baja densidad. Fotografía: Twiga269-FEMEN, Plataforma Urbana.

Esa línea que delimita el “radio urbano” genera como reacción una inmisericorde especulación sobre el valor del suelo que quedó “dentro” de dichos límites, especulación ejercida por los mercaderes de la “urbanización”, siempre dispuestos a pagar supuestamente el valor real para adquirir tierras que, por efecto de esta norma, ya tienen categoría de “urbanas”. Ya convertidos en propietarios, usando “profesionales”, se dan a la tarea de “cuadricular” en planos la propiedad (parcelar y dibujar vías). Estos dibujos, que por lo general no consideran normas, si las hubiera, ya son el instrumento para incrementar el valor pagado hasta en 400% para su transferencia como “lotes de terreno urbanizados”. Tiempo después, los propietarios del “otro lado” de la línea, los que quedaron como “rurales”, comienzan a presionar para más tarde lograr convertirse también en áreas urbanas.

Ésta es la realidad del efecto que genera una norma que, se supone, busca planificar y controlar el crecimiento urbano, un efecto contrario porque deja abierto el camino para el negocio inmobiliario especulativo y, por tanto, deja el diseño urbano, la planificación y el ordenamiento de la ciudad en manos de una iniciativa privada a la que poco o nada le preocupa el interés y el bien común, principio fundamental para el desarrollo de estos procesos de diseño, planificación y ordenamiento. A esto se debe sumar el efecto de los obstáculos que otras normas, mencionadas líneas arriba, cuyas determinaciones coartan la autonomía de los gobiernos municipales, dejando a éstos en el desamparo frente al problema.

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Muchas áreas del proceso de expansión urbana de La Paz se han formado y consolidado por el negocio inmobiliario, sin planificación y sin normativa. Fotografía: Karl Bernal, 2014

¿Cuál la solución?

En primer lugar eliminar el “radio urbano” o la delimitación de las áreas urbanas, permitiendo que los gobiernos municipales ejerzan su atribución exclusiva y puedan desarrollar un proceso de planificación y ordenamiento territorial que considere el territorio municipal como una unidad. Modificar las normas, la Ley de Autonomías e incluso la Constitución, para una verdadera autonomía de los gobiernos municipales en su función de gestión de su territorio, lo que implica otorgarles tuición sobre el catastro rural, el control de la administración agraria y devolverles tuición sobre los asentamientos humanos rurales en su jurisdicción.

Con estos instrumentos y fortaleciendo la capacidad técnica de los gobiernos municipales, éstos pueden desarrollar procesos de planificación del territorio urbano y rural como uno sólo, definiendo usos del suelo para asentamientos humanos y para la producción agropecuaria, protegiendo y valorizando las tierras productivas, a partir de un verdadero vínculo urbano-rural, generando valor agregado en el campo y eficiencia espacial en la producción. Obviamente que esto se enmarca en una planificación regional, ejercida por la autonomía departamental, hacia la conformación de regiones metropolitanas y de sistemas de ciudades aprovechando mancomunidades municipales. ¿Utopía? Todos estos buenos deseos están en las normas vigentes!!!

[1]     Ley de regularización del derecho propietario sobre bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, (2012, modificada por Ley Nº 803)

[2]     Decreto Supremo Nº 2960 (2016)

INSISTO EN “ECONOMÍA COMUNITARIA” (LA REAL), EN “EFICIENCIA ESPACIAL EN LA PRODUCCIÓN” Y EN “URBANIZAR EL CAMPO”

He recibido un comentario del Arq. José Luis Costa sobre el tema de «urbanizar el campo», una respuesta seria y con mucha razón: «……  todos los asentamientos humanos, deben ser planificados. Urbanizar, tiene que ver con dotación de servicios y el solo hecho de vivir en el campo no debe privarte de ellos. Urbanizar tiene que ver con ordenar y ordenar no significa construir o asfaltar, tiene que ver con que la gente que habita en el campo disponga de unas mínimas condiciones de confort». A esta idea quiero añadir que es necesario enfatizar en el tema económico en el vínculo urbano-rural, en el potencial de la economía urbana llevada al área rural y en estructurar sistemas de ciudades.

Cuando subí a este blog la entrada “Planificar Ciudad y Región” (6 de noviembre) anhelaba reacciones a la propuesta que aún no llegaron. En diferentes reuniones y foros, algunos con expertos extranjeros, la propuesta de “urbanizar el campo” fue entendida, valorada y aceptada, otras veces exigió mayor explicación y otras el reclamo para no usar el término “urbanizar”. Insisto porque opiniones, complementaciones, críticas y argumentos de quienes me leen pueden apoyar para abrir caminos en esa línea o cerrar la posibilidad.

Lograr valor agregado en el lugar de origen de los productos que consumimos en la ciudad, generando actividad económica en el sector secundario local (lugar de origen), fomentando, apoyando y fortaleciendo, desde el Estado, la asociatividad de los productores, reforzando ciudades intermedias y menores y estructurando sistemas de ciudades, considero que es trabajar sobre el concepto, la implementación y el funcionamiento de una verdadera economía comunitaria, (no la de la prédica sin contenido que sobre este tema hemos escuchado estos últimos 12 años), para concretar bases para el ordenamiento territorial.

Por eso aprovecho, como imagen destacada (la de cabecera, arriba) de esta entrega, lo escrito y publicado en la red por Miguel Urioste, fuertes y muy importantes argumentos que muestran nuestra realidad.

Urbano-rural1
Generar valor agregado en el lugar de origen de la producción permitiría desarrollar ciudades intermedias y menores con actividad económica ligada a la especialización productiva de su región; economía comunitariasistema de ciudades, eficiencia espacial en la producción. Uno de los efectos positivos sería la reducción del flujo migratorio campo-ciudad. Gráfico: elaboración propia.