Un tema que quise tratar hace rato, un caso vivido de cerca me lleva a tocarlo ahora. Es innegable que hay una cantidad enorme de construcciones fuera de norma lo que, además de un problema para la autoridad, es un problema mayor para la ciudad ya que los esfuerzos por ordenar y planificar la ocupación del territorio en el área urbana, si se los hace, resultan esfuerzos vanos.
El caso al que me refiero involucra una interesante obra de equipamiento privado, el “Hotel Casa Grande Express”, ubicado en la Av. Sánchez Bustamante entre calles 16 y 17 de Calacoto, y surgió a la luz por el reclamo de parte de los ocupantes del edificio vecino que se sentían perjudicados por una construcción adosada a su propiedad (carta presentada el 6 de febrero de 2019) ante la Sub-alcaldía Sur. Prácticamente concluida la parte principal de la obra del hotel, sus propietarios decidieron ampliar sus espacios y, sin preocupación alguna por las consecuencias que afectan a los vecinos y a la ciudad, empezaron a construir ampliaciones ocupando los retiros lateral y posterior con los que el proyecto original, atendiendo a la norma, había sido aprobado.

El 25 de marzo los propietarios del hotel son notificados para que presenten los planos aprobados por el GAMLP y en fecha 26 de marzo, ellos presentaron los planos “as built” en los que figuran los retiros en cuestión; es claro que en el mes y 20 días transcurridos desde el reclamo la obra ilegal ya tenía un avance considerable porque nunca se detuvieron los trabajos, ni siquiera después de la mencionada notificación. El Informe de Inspección y Ficha Técnica del GAMLP tienen fecha de 1 de abril y en ellos figura “154,83 m2 a DEMOLER construcción sin Autorización Municipal INFRINGIENDO LEY MUNICIPAL” (mayúsculas y negrillas tal como están en el informe).

Para no alargar más, en el mes de abril el “Hotel Casa Grande Express” se inauguró con “bombos y platillos”, seguramente, como “importante emprendimiento que apoya el desarrollo de la ciudad”, con autoridades municipales entre los invitados, con su construcción terminada incluyendo los 154,83 m2 ilegales elegantemente acabados. ¿Qué pasó? El reclamo de los vecinos llevó a la “brillante conclusión” de Asesoría Legal de la Sub-alcaldía de que el GAMLP “no puede ser parte de un conflicto entre privados”!!!, cuando lo que debió verse es que se cometió un delito contra la ciudad y su normativa; finalmente la construcción ilegal se convirtió en una multa con la que, “por artes jurídicas” se convirtió en legal e ingresó una suma, seguramente elevada, de dinero a las arcas municipales y…… la ciudad ¿qué? El dinero de la multa, incluso todo el dinero de las seguramente, muchísimas multas, ¿servirá para resolver la excesiva ocupación del suelo que se pretende controlar con norma e incipiente planificación?
Ante esta preocupación, busqué conocer la posición de los responsables de la Administración del Territorio, por ende de la Fiscalización Técnica, en el GAMLP; si bien me encontré con posiciones muy claras y suficiente entendimiento del problema, nunca imaginé encontrarme con una instancia cargando tremenda responsabilidad con tan pocas posibilidades, incluso oportunidades, de acción real en pos de hacer efectiva una verdadera fiscalización. Para comenzar, las leyes municipales, reconocidas en su valor normativo y jurídico por la propia Constitución Política, parecen no tener importancia o valor alguno para los organismos del Gobierno Central ni para el Órgano Judicial y menos para las instituciones encargadas del orden público (policía, fundamentalmente) o las empresas proveedoras de servicios.
Para apoyar la implementación de la planificación, ordenamiento y administración del territorio en el Municipio de La Paz, el 1 de junio de 2017 se aprueba la “Ley Municipal Autonómica Nº 233 de Fiscalización Técnica Municipal”, cuyos fines, entre otros, son “establecer mecanismos que garanticen el cumplimiento de la normativa técnica legal”, “el control del cumplimiento de la normativa vigente” y “establecer las infracciones y sanciones correspondientes ante el incumplimiento” de las normas resultantes de esos proceso de planificación. Para confirmar la vigencia de la Ley, el 29 de diciembre de 2017, mediante Decreto Municipal Nº 035, se aprueba el “Reglamento General de la Ley Autonómica 233 de Fiscalización Técnica Territorial”.
Con esta información, volvemos al punto de inicio de este texto, la infracción en la construcción del hotel. En el Artículo 17 de la Ley se identifican “Infracciones en Obras, Construcciones y/o Edificaciones que, contando con autorizaciones otorgadas por el GAMLP, son ejecutadas sin acatar las especificaciones aprobadas” y el Artículo 20 establece la “Demolición” como sanción para este tipo de infracciones. La sorpresa y la determinación de la Ley Nº 233 que asusta y preocupa está en el Artículo 22 de la propia Ley, ratificado en el Artículo 85 de su Reglamento que, contradiciéndose, establece la “conversión de la sanción de demolición en sanción de multa pecuniaria”!!! Esto es lo que permitió al Hotel Casa Grande Express inaugurarse sin problemas manteniendo 154 m2 de construcción ilegal que ocupa retiros!!! Es realmente algo muy difícil de creer, la Ley Municipal permite la ilegalidad, el atentado contra la ciudad, la inutilidad de los esfuerzos de planificación a cambio de dinero!!! “Construya fuera de norma, haga lo que quiera con el espacio urbano, la normativa técnica no es importante, lo que haga lo resolvemos con dinero en las arcas municipales”, estos son los mensajes que recibimos del Legislativo y del Ejecutivo del Gobierno Municipal, de verdad terrorífico.

Además del tremendo obstáculo puesto por la misma Ley Municipal, el peor imaginable, la fiscalización no puede hacerse efectiva por muchas otras razones, las empresas de servicios no apoyan y dotan de servicios a construcciones ilegales, el GAMLP no puede ejercer acciones en propiedad privada porque no tiene apoyo del Poder Judicial, desde el que un juez debiera ordenar el cumplimiento de las sanciones y menos apoyo tiene de la Policía, la institución del orden que debiera apoyar a la autoridad que debe ejercer el Gobierno Municipal.

Finalmente, es necesario referirse a la irresponsabilidad de profesionales y de propietarios que, una vez concluidas las obras son partícipes, o autores, de acciones ilegales para modificar las construcciones con pisos añadidos, ocupación de retiros, incremento de superficie construida, etc., infracciones y delitos contra la ciudad que también acaban convirtiéndose en ingresos municipales a través de declaración jurada en el catastro y los impuestos que significan esos metros cuadrados adicionales, otra vez……. y la ciudad ¿qué?!!!
