Sitio para expresar mis ideas sobre la ciudad vista desde la óptica profesional, pero con mente abierta y el propósito de despertar el interés de todos para abrir un ámbito de discusión de nuestra realidad y poder generar propuestas para mejorar nuestro “quehacer urbanístico”.
Para las elecciones municipales se habla de megaobras mientras los problemas estructurales de la ciudad siguen fuera del debate.
Hermosa vista nocturna de la ciudad de La Paz, Bolivia. Fotografía: Juan Pablo Revollo
Dentro de unos días (22 de marzo de 2026) elegiremos al próximo alcalde de La Paz, hay 17 candidatos en carrera y probablemente cinco o seis de ellos logren representación en el Concejo Municipal. Podría pensarse que una competencia electoral tan amplia generaría un debate profundo sobre el futuro de la ciudad; sin embargo, la campaña se ha llenado de proyectos espectaculares, imágenes llamativas y promesas de grandes obras o de propuestas sobre visiones barriales aisladas, mientras los problemas estructurales de la ciudad —los que realmente determinan su calidad de vida y su sostenibilidad— apenas aparecen en el discurso político.
Tren elevado, tren eléctrico, centro recreativo, grandes infraestructuras. Todo suena atractivo, todo se ve bien en un afiche de campaña, pero la pregunta inevitable es otra: ¿Quién está hablando de los problemas reales de La Paz?
La ciudad que vierte sus aguas servidas a los ríos
La estructura morfológica de la ciudad de La Paz basada en las condiciones que generan sobre el territorio las cuencas de los ríos a lo largo de las cuales crece la ciudad. Fotografía: Samu
La Paz suele ser descrita como una ciudad asentada sobre 300 ríos y riachuelos, en realidad, lo que tenemos hoy es algo muy distinto: una red de ríos convertidos en alcantarillado sanitario que vierten sus contaminadas aguas a cinco cuencas, la del Choqueyapu y las del Orkojahuira, Irpavi, Achumani y Huayñajahuira, en parte embovedadas y en gran parte aún a cielo abierto, las mismas que confluyen en el Río La Paz, cuyas aguas se utilizan para regar los cultivos de la zona de Río Abajo.
A la izquierda una vista de las nacientes del Río Choqueyapu en las alturas, con aguas cristalinas; a la derecha la contaminación que recibe a lo largo de su curso al atravesar la ciudad de La Paz. Fotografías: Wikipedia (izq.) Informe Auditoría Ambiental Contraloría General del Estado, 2013
Durante más de un siglo hemos aplicado la misma “solución”: embovedar los ríos y esconder el problema bajo tierra. Es una política urbana basada en la negación. Resolver este problema exige inversiones enormes: redes colectoras, separación de aguas pluviales y sanitarias, plantas de tratamiento, NO son obras vistosas, NO son atractivas para cortar cintas ni para hacer campaña, no se pueden concluir en el período de una administración municipal, pero seguramente son obras dirigidas a resolver el problema ambiental más grave de la ciudad y, prácticamente, no aparecen en la discusión electoral aunque es claro que afecta a su futuro y a su sostenibilidad.
La ilusión de resolver el tráfico con más cemento
Hermosas imágenes nocturnas de dos avenidas importantes de la ciudad de La Paz. Fotografías: Samu (izq.) y José Luis Paz Benítez (der.)
La congestión y el caos vehicular se han vuelto parte del paisaje cotidiano de La Paz, el parque automotor crece cada año y el transporte público sigue basado en minibuses de baja capacidad, mientras el número de vehículos aumenta, el transporte público de La Paz Bus (PumaKatari), que ha generado cultura ciudadana, está muy venido a menos por decisión de una administración municipal que no le interesó verlo mejorar y crecer y el de Mi Teleférico, que es muy útil en emergencias como las generadas por bloqueos, pero no logra definirse como transporte masivo, la movilidad urbana sigue siendo uno de los problemas serios de la ciudad.
La respuesta habitual siempre apunta a “proyectos” como un tren elevado cuya factibilidad es dudosa o tal vez inviable en las condiciones topográficas de La Paz o más vías y más infraestructura, pero, como escribió Lewis Mumford en un ensayo para New Yorker en 1955, “agregar carriles a las autopistas para resolver la congestión de tráfico es como soltarse la correa para resolver la obesidad”. El problema no está en la insuficiencia de vías (quizás la calidad de las existentes es mejorable) o en la cantidad de tráfico, el problema no es solamente cambiar o aumentar medios de transporte, es necesario cambiar la ciudad, es que no estamos planificando la ciudad.
Una vista del conflictivo tráfico en la ciudad del que son principales protagonistas los vehículos del transporte público sindicalizado de «minibuses».
Como lo planteó claramente Richard Rogers (Ciudades Para un Pequeño Planeta, 2000), las ciudades para funcionar en beneficio de su población NO deben expandirse indefinidamente ni depender del automóvil para todo, deben organizarse como ciudades compactas (expansión controlada, planificada)y policéntricas (varios centros) donde los servicios, el comercio, la cultura y, si posible, el trabajo, estén cerca de donde vive la gente. La Paz, por su geografía y por los modos de apropiación del territorio de parte de su gente, podría lograrlo mejor que muchas otras ciudades, pero esta poli centralidad, que ya está definida como estrategia en el Plan La Paz 2040 (archivado por la actual administración municipal) exige planificación, voluntad política en todos los niveles del estado y visión de ciudad, no “slogans” de campaña.
Una ciudad sin espacio público
Una impresionante vista de la ciudad de La Paz que muestra la densa ocupación del territorio y la enorme escasez de espacios abiertos públicos. Fotografía: Jesús Eduardo Oña Illanes
La Organización Mundial de la Salud considera que una ciudad debería tener al menos 9 metros cuadrados de área verde por habitante y ONU-Habitat recomienda 15 metros cuadrados por habitante, en La Paz tenemos entre 2,5 y 5 metros cuadrados de área verde por habitante (UMSA-2020), eso significa que nuestra ciudad vive con menos de la tercera parte del espacio verde recomendado.
Las pocas grandes áreas disponibles para pulmones de la ciudad como el bosque de Pura Pura, el Parque de Mallasa, el Parque Urbano Central y el Jardín de la Revolución (nunca hecho efectivo y le queda poca superficie) están permanentemente amenazadas por invasiones, urbanizaciones o presiones inmobiliarias. La Ley de Usos del Suelo Urbano (LUSU) incluye en sus planos áreas protegidas municipales y áreas destinadas a forestación y a preservación del paisaje natural que no se han respetado ni se respetan en manos del negocio inmobiliario sin reacción alguna de parte del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP).
Imágenes de conjuntos de vivienda de alta densidad. Arriba a la derecha una vista que permite ver, en el Distrito 18, los edificios y el movimiento de tierras para «avanzar» con urbanización en la colina ubicada dentro del Área Protegida marcada en los planos de la LUSU. (Fotos arriba: Google Earth y Jorge Valenzuela; fotos abajo: Guadalupe Dorado Quiroga)..
Mientras tanto, seguimos aprobando proyectos que densifican la ciudad sin generar nuevos espacios públicos, construimos ciudad privada, pero olvidamos construir ciudad pública. La disponibilidad de terrenos para espacio público y áreas verdes en la mancha urbana es muy escasa y en constante peligro de avasallamiento o, lamentablemente, es objeto de “concesión” de parte del propio Gobierno Municipal para su uso en proyectos que son negocios privados y no servicios públicos.
El problema no es sólo la escasez de espacio público, es también la forma en que lo usamos, aceras ocupadas por comercio informal, plazas convertidas en ferias permanentes, calles utilizadas como estacionamientos o talleres improvisados, áreas verdes cercadas o deterioradas. En teoría, el espacio público pertenece a todos, en la práctica, parece no pertenecer a nadie, ni las autoridades logran administrarlo adecuadamente, ni como sociedad hemos desarrollado una cultura de cuidado de lo común.
El problema invisible: los límites municipales
A todos estos problemas se suma otro que rara vez aparece en el debate político: la indefinición de los límites municipales de La Paz con los municipios vecinos. Este problema genera conflictos permanentes en la administración del territorio, en la provisión de servicios, en el control de la urbanización y de la ocupación del suelo, en otras palabras: dificulta cualquier intento serio de planificación urbana.
Sin resolver esta cuestión, la ciudad seguirá creciendo en medio de ambigüedades administrativas y territoriales. Si bien la administración municipal no es la única responsable de la solución, le corresponde marcar la línea de acción para una definición clara de jurisdicciones y avanzar en la institucionalización del Área Metropolitana de La Paz.
Una elección que debería hablar de ciudad
Vista de la Plaza San Francisco, el espacio público por excelencia de la ciudad de La Paz. Fotografía: Carolina Reumúndez
Las ciudades no se construyen con promesas de campaña ni con proyectos espectaculares, se construyen con planificación, visión y responsabilidad colectiva. Los grandes problemas urbanos de La Paz —sanidad ambiental, movilidad, espacio público y ordenamiento territorial— no se resolverán con una megaobra, se resolverán con decisiones difíciles, inversiones sostenidas y políticas públicas que miren más allá del próximo periodo electoral.
La pregunta que queda para esta campaña es simple: ¿queremos elegir un alcalde que prometa obras… o uno que se atreva a enfrentar los verdaderos problemas de la ciudad?
Imagen de Cabecera o Imagen Destacada: fotografía de la ciudad de La Paz de Giovanny Wolf
La Ley de Usos del Suelo Urbano – LUSU o Ley Autonómica Municipal 017/2012, aprobada en el Concejo el 2 de mayo de 2012 y “promulgada de oficio” por el Concejo el 25 de septiembre de 2012 (https://sitservicios.lapaz.bo/) modificada, actualizada y complementada con las leyes 050/2013 y 080/2014, contiene el conjunto de normas y reglas para la ocupación ordenada del suelo y las condiciones que deben cumplir las edificaciones que hacen la ciudad con patrones de asentamiento y parámetros para la ocupación del predio (AMC), superficie máxima de edificación (AME), altura (AMF), retiros, parqueos requeridos y área verde (AMV).
Figura 1: Una publicación de https://es.scribd.com/, un resumen explicativo del contenido de la Ley de Usos del Suelo Urbano LUSI para informar a la población. Fuente: https://es.scribd.com/
Es una norma que tiene notables defectos ya que ha quedado obsoleta en muchos aspectos ante el acelerado crecimiento de la ciudad, por los cambios que se han producido en la estructura urbana y frente a la ausencia total, por años, de planificación, a pesar de ello es un marco normativo cuyo cumplimiento debiera poner orden en la ocupación del suelo pues genera reglas para limitar acciones negativas para la ciudad en busca de preservar su calidad ambiental y su sostenibilidad, su imagen y su paisaje y favorecer condiciones para la convivencia social.
Pero ocurre que las leyes complementarias 050/2013 y 080/2014 definen la sustitución de la aprobación de planos por la “autorización de construcción” y la elaboración de “planos as built” (un anglicismo necesario) para la aprobación de la construcción una vez concluida. “Planos as built” son los planos “como se construyó” y es un requerimiento que puede ser solicitado por el cliente o propietario, pero NO tiene que ser público, o sea, no puede ser requerido por el Gobierno Municipal, en muchos casos por razones de seguridad. Por ejemplo, los “planos as built” de un banco son para uso del banco y no pueden publicarse por razones obvias, por tanto, no pueden ser objeto de un trámite que, en aras de la transparencia, es ppúblico. Si el negocio inmobiliario y la población irresponsable no infringieran la norma y se contara con una fiscalización efectiva, responsable y transparente no se necesitarían los “planos as built” como documento público.
Figura 2: Una representación artística de las edificaciones de la ciudad de La Paz – Fuente: https://static.vecteezy.com/
Para hacerlo corto: la autorización de construcción, restándole importancia al proyecto mismo expresado en planos arquitectónicos y al trabajo de su autor, requiere la presentación de “polígonos” que facilitan el cálculo de parámetros para “controlar” el cumplimiento de la norma y sirven para que se autorice la construcción, el constructor, el promotor o el propietario hacen prácticamente lo que creen conveniente y modifican el proyecto a su criterio y necesidad y y cuando la construcción está terminada se presentan los planos “as built”, no necesariamente firmados por el autor del proyecto, para su aprobación con las modificaciones introducidas, sin autorización del proyectista y si estos cambios infringen la norma se va al proceso de regularización, en resumen “hacemos lo que queremos y luego regularizamos” con unas multas que, en los casos de grandes infracciones, resultan ridículas.
Figura 3: Una representación artística del «skyline» de la ciudad de La Paz – Fuente: https://www.pictorem.com/
Los planos y proyectos arquitectónicos deben ser firmados y sellados por sus autores arquitectos que asumen la responsabilidad profesional sobre los mismos y la Ley 1373 del Ejercicio Profesional del Arquitecto, Ley Nacional del 13 de noviembre de 1992 (https://www.lexivox.org/norms/BO-L-1373.html) y su Decreto Supremo Reglamentario (DS25905 de 15/09/2000) reconocen el derecho de autoría y establecen el registro de esos proyectos en el Colegio Departamental de Arquitectos de La Paz (CDALP) lo que garantiza el derecho de autoría y el ejercicio de la profesión, por tanto, cualquier modificación en ellos debe ser autorizada por el arquitecto firmante.
Los proyectos se presentaban a la Alcaldía para su aprobación con la certificación de este registro con el visado de los planos en el CDALP hasta que, a la luz de las leyes 050/2013 y 080/2014, mediante “Instructivo OMPD-DATC Nº 003-2013” se instruye NO exigir el visado del CADLP para ningún trámite desconcentrado de la DAT-C. A partir de esta medida se ha podido verificar que se han presentado en la Alcaldía planos con sellos profesionales y firmas falsos o pertenecientes a arquitectos fallecidos por falta de una certificación establecida en una ley (Ley 1373).
Figura 4: Cartillas publicadas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz para instruir sobre la aplicación de la norma de la Ley de Usos del Suelo Urbano. Con el proceso de regularización de edificios fuera de norma, esta información pierde importancia. Fuente: https://sitservicios.lapaz.bo/
Pero, lamentablemente, en tantos años en los que, desde el estado, se ha propiciado y ejecutado un proceso de desinstitucionalización, el “metele nomás” se ha generalizado y, dado que el propio estado atropelló la ley, el infringir la norma se ha normalizado en la sociedad civil. Así como el semáforo o la señalización vial parecen ser adornos y no elementos regulatorios para vivir en sociedad, infringir las normas de la LUSU ha sido y es “pan de cada día”, con ausencia total de fiscalización y con un increíble “apoyo” de parte del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) mediante un proceso de regularización de edificios fuera de norma que ya dura más de 20 años y parece que no terminará, así que “metele nomás” y se regulariza, aunque la ciudad ya sea un caos. Muchas irregularidades de incumplimiento de la norma han sido mostradas y tratadas en este blog desde el 2019 (ver nota al pie de página[1])
La Ley Autonómica Municipal 467 de 26 de noviembre de 2021, firmada por tres, ahora, candidatos a alcalde de La Paz en las próximas elecciones subnacionales (Iván Arias, Oscar Sogliano y Jorge Dulón) le “pone una corona” al proceso de legalización de irregularidades actualizando acciones incluidas en su inicio el 2004. Es fácil imaginar la cantidad de edificios fuera de norma que se han construido en estos últimos 21 años, sería de interés saber cuánto ha logrado el proceso en la regularización de la situación legal de cientos de viviendas en las laderas que, por el “espíritu” de esta norma, era su objetivo principal, pero sí ha regularizado muchos edificios del mercado inmobiliario que, ante la falta de planificación, construye la ciudad en beneficio de sus propios intereses.
Figura 5: Una construcción fuera de norma («No tiene plano de construcción aprobado») que seguramente entró en el proceso de regularización, 10 años después de iniciado este proceso que parece intermi9nable. Fuente: https://www.opinion.com.bo en publicación de 2014
Considerando que estas medidas atentan, no solamente al ejercicio de la profesión del arquitecto si no también al desarrollo de la ciudad, el Colegio de Arquitectos presentó ante el Tribunal Supremo de Justicia una ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD en contra de estas leyes 050/2013, 080/2014 y 467/2021, la misma que fue aceptada y aprobada el 22 de agosto de 2025; desde entonces estas leyes son INCONSTITUCIONALES y nulas y, aunque, en reiteradas oportunidades, se ha comunicado de este hecho al Concejo Municipal y al Alcalde, ninguna de estas instancias ha hecho caso y menos ha iniciado acción alguna para resolver este problema.
Al no haber logrado el GAMLP apelación a la medida en los plazos estipulados por ley, DEBE cumplir con la anulación o modificación de estas leyes y por tanto toda aprobación, licencia de construcción, planos “as built” o regularización que se haya tramitado después del 22 de agosto de 2025 ES NULA y perjudica enormemente a los usuarios, lo que parece no importarle al GAMLP; se nota que seguimos actuando bajo los resabios de la desinstitucionalización de los últimos 20 años y la gente es la que paga.
Figura 6: El Plano de Usos del Suelo en el sector de San Miguel-Los Pinos (izquierda), el punto rojo marca la ubicación del terreno donde se construyó el edificio que se analiza líneas abajo; el óvalo amarillo marca el color azul que el plano define como Área de Equipamiento. A la derecha, la Cartilla Normativa del Patrón de Asentamiento Zona Sur 4-d19 que rige para el predio en cuestión. Fuente: Elaboración propia con documentos de información territorial publicados por el GAMLP.
Figura 7: Los detalles de la cartilla normativa que, en muchas de sus determinaciones, se ve claramente que no fueron cumplidas, el incumplimiento o cumplimiento de otras debiera revisarse en un marco de transparencia. Fuente, elaboración propia con imágenes publicadas por el GAMLP.
No obstante que la Ley 467, en su Artículo 1, establece: “La presente Ley Municipal Autonómica tiene por objeto Regularizar aquellas edificaciones anteriores a la publicación de la presente Ley, que no se hubieran adecuado a los parámetros de edificación la normativa técnica territorial…” Y que en su Artículo 3 señala: “La presente Ley Municipal Autonómica, entrará en vigencia a partir de su publicación, hasta el 31 de diciembre de 2022”, el proceso de regularización ha continuado hasta ahora y desconocemos si hay otra nueva ley o norma que lo haya permitido.
Figura 8: Ubicación del edificio fuera de norma, pero a punto de inaugurarse, por lo que se supone haber sido objeto regularización aunque la Lel Autónoma Municipal 476 ya no está vigente desde el 31 de diciembre de 2022 ¿Hay otra norma posterior que haya permitido esta regularización? En la imagen de la derecha abajo, el rectángulo amarillo marca el área que, en el Plano de Usos del Suelo de la LUSU figura como Área de Equipamiento. Fuente: Elaboración propia con base en Google Earth y Plano Catastral del GAMLP
Un notorio edificio aún en construcción o en etapa de conclusión (ver pie de página[2]), ubicado sobre un terreno de más de 4.000 metros cuadrados de superficie, entre San Miguel y Los Pinos, precisamente colindante con esta urbanización, según la norma de la LUSU con Patrón de Asentamiento Zona Sur 4-d19 que establece una ocupación (AMC) de 50% de la superficie del terreno y una altura permitida (AMF) de 6 plantas, pero, con opción de aplicar “incentivos a la inversión” por las dimensiones del predio para alcanzar una altura de 8 plantas y Área Mínima Verde (AMV) 40% de la superficie del terreno.
Figura 9: El edificio analizado visto desde el terreno de propiedad pública (hoy parqueo municipal) entre la Calle 21 y la Av. Montenegro (izquierda). A la derecha se ve la torre del sector oeste con 20 pisos de altura; abajo se ve una calle, se supone peatonal por el macetero del medio y que ocupa el área que en el Plano de Usos del Suelo figura como destinado a equipamiento. Fotografías: J. Valenzuela.
Figura 10: Vista de la torre de 12 pisos del sector este del edificio que claramente contrasta con el edificio vecino que SÍ está en norma como se ve en la imagen de la derecha. El área verde que se ve en la imagen es área verde pública, NO corresponde al Área Mínima Verde (AMV) que requiere la norma y que, para este caso, debe ser de 1.600 metros cuadrados, lo que claramente el proyecto NO cumple. Fotografías: J. Valenzuela
Resulta que el edificio tiene dos torres una de 12 plantas ubicada en el sector este del terreno y otra de 20 plantas en el sector oeste, o sea, un incremento de 4 y 12 plantas ilegales o irregulares que fueron REGULARIZADAS!!! Lamentablemente, para efectos de este artículo, no hay cómo comprobar si el área de ocupación del terreno responde a la norma pero se puede poner en duda el cumplimiento de la norma respecto del retiro posterior que, según tabla, para 20 plantas debe ser de 5,00 metros, lo que sí parece claro es que NO hay un área verde de 1.600 metros cuadrados como exige la norma; en caso de que estos requerimientos normativos no se hayan cumplido, también fueron regularizados, seguramente aplicando la Ley 467 que, según su propio texto, ya no está vigente, salvo que no nos hubiéramos enterado de otra norma que respalde esta irregularidad.
Lamentablemente así andamos y con 17 candidatos en las próximas elecciones subnacionales para ser alcalde, algunos de los cuales son responsables de este caos institucional.
[2] Este edificio tiene previsto el funcionamiento de salas de cine lo que hace menos “necesario” el Multicine Sur que la Alcaldía pretende autorizar como un negocio privado en un terreno de propiedad pública con la figura de Alianza Público-privada (APP), este ha sido denunciado y tratado en este blog en “post” del 5 de febrero de 2025 y aún persiste el peligro de hacerse realidad en desmedro de la escasa disponibilidad de espacios para equipamiento público en la ciudad. https://jorge-valenzuela.blog/2026/02/05/ilegalidad-y-falta-de-transparencia/
Imagen destacada o de cabecera: elaboración propia con imágenes de CAB y GAMLP
PROYECTO DE «CENTRO COMERCIAL Y DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR- MULTICINE» EN SAN MIGUEL EN EL MARCO DE UNA «ALIANZA PÚBLICO-PRIVADA«
San Miguel es un barrio de la Zona Sur de la ciudad de La Paz que se construyó como un conjunto de viviendas unifamiliares de interés social para familias de clase media en los años 70 del Siglo XX; con la construcción y el desarrollo de la “Urbanización Los Pinos” (más de 5.000 personas), la actividad comercial creció y también las zonas adyacentes, generándose la segunda centralidad de la ciudad (la primera es el centro tradicional, Plaza Murillo, alrededores y expansión).
El área de ubicación del terreno de propiedad pública en el que se pretende construir el «equipamiento» del «Centro Comercial y de Entretenimiento Familiar-Multicine». Puede observarse el proceso de densificación de la zona con edificios en su mayoría destinados a comercio y oficinas, avanzando a la monofuncionalidad que, en ningún caso, aporta a la sostenibilidad de la ciudad. Imagen: elaboración propia desde Google Earth.
Actualmente San Miguel es un barrio en crecimiento con una muy fuerte actividad comercial que se está densificando y avanzando inexorablemente al terrible destino de área monofuncional (comercio) por falta de previsión desde la planificación, monofuncionalidad que el urbanismo contemporáneo está buscando evitar en aras de la sostenibilidad de las ciudades. Por otra parte, es un área con graves problemas de movilidad por el caos vehicular y que sufre un fuerte défict de áreas verdes y espacio público.
El único sitio disponible para tratar de reducir los déficits y que estaba destinado a un Centro Cultural Municipal, de acceso público, con espacio público y algo de área verde (un proyecto no concluido y mejorable), ahora, es destinado al beneficio privado, excelente negocio para la empresa, en un predio de propiedad pública con el pretexto de “reactivar el sector”, en una zona donde la actividad generada por el comercio es abrumadora e imparable; según José Carlos Campero, Secretario Ejecutivo del GAMLP “es el sueño anhelado de muchos años ya que la zona estaba abandonada” (Agencia Municipal de Noticias, 04/12/2025).
Imágenes publicadas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz el 2018 con el anteproyecto de Centro Cultural Municipal que, además de las áreas culturales incluía espacio público, áreas verdes (mejorable), espacios recreativos y áreas deportivas públicas. Mantenía el comercio existente.
La entrega del predio municipal ubicado entre las calles 21, Montenegro y Pancara en San Miguel, Zona Sur de La Paz, a una empresa privada para un “Multicine” pretende ampararse en la Ley Municipal Autonómica 531 para Alianzas Público-Privadas (APP) promulgada el 13 de agosto de 2024 cuyo Reglamento es de abril de 2025.
Al establecer los alcances, la mencionada Ley Municipal señala (Artículo 6):
“La presente Ley establece la conformación de Alianzas Público-Privadas, para la ejecución de programas, proyectos y actividades de interés común que respondan a las atribuciones y competencias del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, excluyendo los restrictos por la Constitución Política del Estado y leyes nacionales específicas vigentes, con el siguiente alcance:
a) Diseño, construcción, equipamiento, operación y mantenimiento de una obra pública nueva;
b) Rehabilitación o mejora, operación y mantenimiento de una obra pública existente;
c) Ejecución de proyectos de inversión social (elegible);
d) Desarrollo de proyectos de inversión productiva, investigación aplicada y/o de innovación tecnológica;
e) Administración de bienes municipales, de acuerdo a las normativas vigentes;”
Es necesario que se explique ¿en cuál de todos los aspectos mencionados entra un CentroComercial y Multicine?
Definiendo las instancias del GAMLP para realizar las acciones de conformación de las Alianzas Público-Privadas (Capítulo II, Artículo 8) la Ley 531 señala que la Secretaría Técnica tendrá “las siguientes atribuciones:
a) Identificar necesidades y oportunidades para la conformación de Alianzas Público-Privadas.
b) Promover la inversión privada para satisfacer las necesidades públicas del municipio a través de las Alianzas Público-Privadas.
c) Analizar y realizar la evaluación técnica, económica, financiera, social, competencial y legal de las propuestas de Alianzas Público-Privadas de iniciativa pública e iniciativa privada que sean sometidas a consideración en el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y en su caso solicitar ajustes a los proyectos de Alianzas Público-Privadas.
d) Seleccionar las mejores iniciativas de Alianzas Público-Privadas mediante proceso público y competitivo.”
También se requiere explicación sobre ¿cuáles y cuántas de estas acciones se han realizado en la Secretaría Técnica, en cumplimiento de sus atribuciones, para definir la APP para el Centro Comercial y Multicine en San Miguel? Este “equipamiento” es un negocio privado y NO es una necesidad pública (además de la existencia de otros comercios iguales) ni un proyecto de inversión social que justifique la entrega al sector privado de uno de los escasos espacios de propiedad pública con que cuenta la ciudad.
Al referirse a los Contratos de las Alianzas Público-Privadas (Título II, Capítulo I), la Ley 531 en el artículo 18, referido a las etapas de conformación de las APP, entre sus incisos menciona:
“d) Proceso de selección: Proceso público y competitivo que tiene por finalidad seleccionar al Agente Privado con mejores condiciones para los fines de la Alianza Público Privada.”
Esta determinación se repite en el Capítulo III, Título I referidos a los procesos de selección de las APP:
“II. La conformación de la Alianza Público Privada deberá ser efectuada a través de un proceso de selección mediante concurso público, previa aprobación de la Alianza Público Privada por parte de la Máxima Autoridad Ejecutiva. En cualquier caso, las bases administrativas para el concurso público se regirán por los principios de transparencia, igualdad, concurrencia y publicidad.”
El GAMLP ha recibido (o la empresa ha entregado) el proyecto el 14 de febrero de 2025, lo ha aprobado el 25 de abril de 2025, en tanto que la publicación del REGLAMENTO de la Ley 531 es el 29 de abril (ver imágenes). La «publicación del concurso público» es del 30 de abril, con cierre de la convocatoria el 30 de mayo de 2025 con un proyecto de APP claramente especificado y aprobado como CENTRO COMERCIAL Y DE ENTRETENIMIENTO FAMILIAR SAN MIGUEL – MULTICINE SUR.
Publicación del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en https://lapaz.bo/alianza-publico-privada/ ¿Puede, con el plazo y condiciones publicadas, otra empresa o grupo presentar en un plazo tan corto, otra iniciativa que compita, en igualdad de condiciones, con una propuesta elaborada cuando las bases (Reglamento) se publicaron un mes antes del cierre? Queda claro que el proyecto era ese y debñi9a ser ese, no otro.
¿Con base en qué criterios el GAMLP ha aprobado la NECESIDAD para la ciudad y la comunidad de un Centro Comercial y de Entretenimiento Familiar-Multicine? La ciudad tiene muchas otras necesidades como áreas verdes, especio público, equipamientos culturales públicos, no un NEGOCIO privado, más aún habiendo otros «multicines» (uno de ellos también en terreno de propiedad pública) y menos para ese sitio. ¿Dónde quedaron los principios de transparencia, igualdad, concurrencia y publicidad?
Publicación del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en https://lapaz.bo/alianza-publico-privada/ ¿Con qué tipo de consideraciones técnicas o estrategias resultantes de un proceso de planificación, puede aprobarse un proyecto como éste para ubicarlo en propiedad pública?
En el Reglamento de la Ley Municipal Autonómica 531, se registran PRINCIPIOS (Artículo 5) para su aplicación y entre ellos, se define:
“a) TRANSPARENCIA. – El manejo de los recursos del GAMLP, por parte de las servidoras y los servidores públicos municipales; así como, por las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que presten servicios o comprometan recursos de la entidad municipal, debe ser realizado en forma clara, permitiendo el acceso libre a toda la información, en todos los ámbitos y en todas las fases de los procesos y actividades, sin mayores limitaciones que aquellas expresamente establecidas por el ordenamiento jurídico”.
Publicación del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en https://lapaz.bo/alianza-publico-privada/ Las «bases» para la presentación de iniciativas privadas destinadas a APP (Reglamento de la Ley 531) se publican el 29 de abril y la «convocatoria» cierra el 30 de mayo
Por este motivo es que en este artículo se insiste y se requiere INFORMACIÓN y TRANSPARENCIA para que podamos conocer, entender y evaluar los alcances de un proyecto de Alianza Público-Privada que va a utilizar un bien público para un Centro Comercial y Multicine en San Miguel; un proyecto que NO resuelve siquiera alguno de los múltiples problemas que aquejan a la ciudad, no responde a ninguna estrategia derivada de la planificaciónni aporta a satisfacer necesidades de la comunidad y menos a la sostenibilidad de la urbe, sólo genera una inversión importante en un “equipamiento” cuyo funcionamiento beneficiará totalmente a la empresa privada que lo manejará como lo que es, un negocio.
Con base en lo expuesto, a la espera de las explicaciones y las manifestaciones de transparencia por parte del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, este proyecto parece mostrar irregularidades frente a las determinaciones de la Ley Municipal Autonómica 531, por tanto, esperemos no adolezca de ILEGALIDAD pero SÍ es totalmente FALTO DE TRANSPARENCIA, por lo que el CONCEJO MUNICIPAL TIENE LA OBLIGACIÓN DE REVISARLO A LA LUZ DE LA LEY que la propia instancia legislativa aprobó y velando por la preservación de la escasa propiedad pública para aprovecharla en lograr soluciones a reales problemas urbanos.
Una de las virtudes de la abrogada Ley Nº 2028, Ley de Municipalidades de 1999 fue que, en su Artículo 3º dejaba en claro los conceptos de Municipio, Municipalidad y Gobierno Municipal, a los que la Ley 482, Ley de Gobiernos Autónomos Municipales de 2014, en la que se incluyó la abrogación de la anterior, no hace ninguna mención, a pesar de la importancia de tales conceptos para entender y guiar la gestión municipal.
Territorio del Municipio de La Paz en la Provincia Murillo del Departamento de La Paz. Imagen: Atlas Catastral del GAMLP
Los conceptos mencionados en la abrogada ley son:
Municipio: “es la unidad territorial, política y administrativamente organizada, en la jurisdicción y con los habitantes de la Sección de Provincia, base del ordenamiento territorial del Estado unitario y democrático boliviano”. Desde la Ley de Participación Popular se eliminaron vacíos jurisdiccionales con la municipalización del territorio, generando territorios municipales urbano-rurales, y la asignación de recursos de los impuestos nacionales.
Municipalidad: “es la entidad autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio que representa institucionalmente al Municipio, forma parte del Estado y contribuye a la realización de sus fines”.
El gobierno y la administración del Municipio se ejerce por el Gobierno Municipal.
A efectos de lograr una rigurosidad suficiente en esta entrada, se buscaron algunos otros conceptos como las definiciones de la Real Academia:
Gestión: Acción y efecto de gestionar. (Similares: administración, dirección, gerencia)
Gestionar: Ocuparse de la administración, organización y funcionamiento de una empresa, actividad económica u organismo. (Similares: administrar, dirigir).
Dado que se busca analizar el tema de gestión municipal, se buscaron otros conceptos generales que faciliten ordenar las ideas de esta entrada, tales como:
Gestión Municipal. Imagen: Cámara Nacional de Negocios
“…la gestión pública para el desarrollo implica: planificar, movilizar, desplegar, organizar y transformar recursos financieros, humanos, materiales, tecnológicos y metodológicos para proveer, asignar y distribuir bienes y servicios públicos tangibles e intangibles, solucionando problemas o satisfaciendo necesidades, originando resultados significativos para la sociedad—“https://www.cepal.org/
“La gestión municipal son todas las acciones que realiza un gobierno local, orientadas al cierre de las brechas sociales y necesidades básicas, con el objetivo de brindar bienestar hacia la población; además, es un factor fundamental para el desarrollo local”. https://inudi.edu.pe/
Queda claro, entonces que la gestión pública, por tanto, también la gestión municipal, se enfocan en la administración eficiente de los recursos con los que se cuenta, incluidos los recursos humanos, los valores sociales, la cualidad y calidad del territorio, para responder a las demandas de la sociedad (habitantes) para garantizar una adecuada calidad de vida y generar un desarrollo sostenible.
El Artículo 285 de la Constitución Política del Estado, en su inciso II señala que “el periodo de mandato de las máximas autoridades ejecutivas de los gobiernos autónomos es de cinco años …”, lo que también se aplica a los miembros del Concejo Municipal, pero esto no quiere decir que la GESTIÓN MUNICIPAL solamente dura cinco años; este concepto debe quedar muy claro y aquí surge una primera crítica a lo que ocurre en la Municipalidad de La Paz, cambio de autoridades implica “borrón y cuenta nueva”, claramente se considera que lo que hizo la anterior gobierno municipal “no sirve” y se debe empezar de cero. Lamentablemente esta actitud está ligada a los intereses de la base electoral y a la presión que ésta ejerce para enfocar la gestión en algunos sectores.
¿Requiere aclaración? Iniciado el nuevo período de gestión municipal casi “desaparece” La Paz Bus (transporte del Puma Katari) lo que no ocurrió por la presión de la población que ya ha hecho suyo este sistema de transporte. ¿Por qué se intentó quitarlo? Seguramente no es fácil que se lo explique, pero podemos preguntar ¿será que la base electoral de las nuevas autoridades está conformada por sindicatos de transportistas? La misma pregunta puede dirigirse al tema gremial, dado que la ciudad está invadida por comercio informal sobre el que no hay ningún tipo de control.
A la izquierda, la cubierta del Plan Integral La Paz 2040, un plan de largo alcance (25 años) para el desarrollo del Municipio de La Paz. elaborado como un marco de acción para la definición de programas, planes y proyectos- A la derecha, la cubierta del PTDI 2021-2025, un plan quinquenal desarrollado por requerimiento del Gobierno Central para garantizar el desembolso de recursos de coparticipación. Imágenes: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP)
Si la gestión implica planificar, las nuevas autoridades de la gestión municipal ¿han considerado el importante marco que ofrece el Plan La Paz 2040? Iniciada su elaboración en 2011, fue uno de los pocos esfuerzos exitosos en el campo de la planificación de largo plazo, cuyos lineamientos, con los necesarios ajustes quinquenales, debieron llevarnos a ver un municipio hacia el 2040 y claramente no le permitieron llegar al 2021: ¿borrón y cuenta nueva?, estando claro lo de “borrón”, si hay “cuenta nueva” ¿cuáles son los nuevos lineamientos a largo plazo?, nadie sabe porque nunca se informó sobre ellos o posiblemente no se elaboraron. Se sabe de un PTDI-2021-2025 (Plan Territorial de Desarrollo Integral para Vivir Bien del Municipio de La Paz), sobre cuyos lineamientos, que ya debieron cumplirse según su propio plazo, incluidas centralidades, corredores y áreas protegidas no se conocen acciones, proyectos o estrategias de implementación que se hayan realizado bajo dicho marco.
También se afectaron con la idea de “cuenta nueva” medidas que, claramente, demostraron estar yendo en camino correcto como los esfuerzos de educación vial con la participación de las cebras que se ganaron el cariño de la gente o el sistema de control de estacionamiento vehicular en el Centro y que parecía estar listo para aplicarse en la caótica Zona Sur, que necesitaba ajustes es cierto, pero no mostraba motivos para eliminarse, salvo que la “base electoral” hubiera presionado. No sólo se eliminó el control de estacionamiento, con la construcción de una ciclovía que, por el tiempo que lleva desde su implementación sin uso alguno, se nota como una decisión no planificada y menos participativa y que, además, dificulta paradas de transporte público, se eliminó cualquier posibilidad de parqueo en vía en la Zona Sur (aunque se implementó un apresurado garaje que, aunque insuficiente, sí funciona).
Se ha señalado líneas arriba que el objetivo de las acciones que implican la gestión municipal es “brindar bienestar hacia la población”, por lo que, cuando se realizan obras es muy importante planificar y organizar el impacto que el proceso de ejecutarlas genera en la movilidad urbana y, por tanto, en el bienestar de la población. En nuestra ciudad se cierran vías y se corta el flujo normal del tráfico, medida necesaria para llevar adelante estos trabajos, pero se lo hace sin aviso alguno y, lo que es peor, sin prevenir, por lo que el proceso de ejecución de la obra no cuenta con medida alguna de ordenamiento que facilite el flujo del tráfico vehicular, sin señales ni presencia de agentes de tránsito, por lo que, cuando se encuentra de frente a un corte de vía, el usuario debe hacer maniobras para regresar y buscar salidas por sí solo con los riesgos, dificultades y molestias que esto conlleva porque son varios los vehículos involucrados y no hay guía alguna para facilitar la maniobra, guía que debe ser previa para prevenir aunque tampoco hay la que lleve a remediar.
Emergencia originada por intensas lluvias en el Barrio de Obrajes, Zona Sur de La Paz. El necesario corte de vía para realizar los trabajos no fue acompañado de la planificación de alternativas de circulación diseñadas y apoyadas por logística (desvíos claros, señalización, agentes de tráfico) para ordenar y facilitar el flujo de la circulación vehicular. Imagen: Diario La Razón, 14 de febrero de 2024
Se entiende que un corte de vía es temporal, en un período que dura con planificación, lo que debe durar prudentemente una obra, sin embargo, parece que hay obras que no se planifican y su duración, con efecto de cierre de vías por plazo “indefinido”, con el innegable perjuicio a la población, como ocurre en la “interminable obra” que se realiza en la Av. Abdón Saavedra en Sopocachi por más de un año y sin información clara respecto de cuando se terminará o sobre el por qué de tanto retraso. Lo admirable es que parece que nadie reclama y que la gente que, con sus impuestos, generó los recursos para esa obra, ha “normalizado” el cierre y la demora.
Trabajos en la Av. Abdón Saavedra en el Barrio de Sopocachi en La Paz, una vía importante de conexión, que fue cerrada para realizar los trabajos, en octubre de 2024 se anunció su entrega para el 31 de enero de 2025, hasta la fecha no se ha concluido , se mantiene cerrada, generando, además, la desconexión de por lo menos cuatro vías importantes a ambos lados de su trazo. Imagen y datos: Periódico La Razón, 01 de febrero de 2025.
Lleva muchos años la triste realidad de la invasión de áreas que, según la Ley de Usos del Suelo Urbano-LUSU, deben ser áreas de forestación, de preservación del paisaje natural, áreas verdes, aires de río, franjas de seguridad y es evidente la presencia de construcciones particulares sobre ellas y no se ha visto reacción de la Municipalidad respecto de este avasallamiento en aras de una gestión municipal que cumpla y haga cumplir la norma y vele por el futuro de una ciudad que debe ser sostenible para las generaciones futuras. La justificación de las autoridades respecto de estos hechos, desde hace muchos años y ahora, es que no están claramente definidos los límites del territorio municipal, a pesar de la Ley 1669 de 30 de octubre de1995.
No obstante, la existencia del plano que define estos límites complementando a la ley, las municipalidades de los municipios vecinos actúan ilegalmente aprobando asentamientos y construcciones en el territorio municipal de La Paz, eso es una realidad y peor aún, la situación se agrava por el accionar de vecinos y pobladores que, en busca de su conveniencia y sabiendo que actúan irregularmente, buscan esas licencias e incluso pagan impuestos en las alcaldías de esos municipios. En este caso, dese hace años y con peores efectos cada año, la gestión municipal no ha tomado acción alguna para resolver el problema de límites y, si alguna vez lo intentó, el Gobierno Autónomo Departamental, que tiene la obligación de intervenir para resolver estos problemas, no lo ha hecho por motivos de politiquería barata. Esta situación ya ha alcanzado niveles preocupantes, la supuesta “indefinición” de límites es aprovechada por “autoridades” electas en los municipios vecinos, por los negociantes inmobiliarios y, lamentablemente, por la población, generando para sí beneficios al margen de la búsqueda del bien común y sin ningún reparo frente a la ilegalidad.
La mancha urbana del conglomerado La Paz-El Alto, ciudad central del Área Metropolitana de La Paz. El color naranja muestra la mancha urbana dentro de los límites del Territorio Municipal de La Paz, los otros colores muestran la mancha urbana dentro de los límites de otros municipios vecinos Los ;municipios de Palca, Mecapaca y Achocalla reclaman amplios territorios que abarcan extensiones considerables de mancha urbana y sobre los que ejercen jurisdicción generando ilegalidad. Imagen: GAMLP.
La gestión pública, por tanto, la gestión municipal, debe planificar, pero claramente no lo hace, la ciudad está a merced del negocio inmobiliario desde hace bastante tiempo, la ciudad crece como los comerciantes del suelo y de la construcción deciden que lo haga, ocupando territorio sin ninguna previsión, utilizando títulos de propiedad o títulos agrarios cuya legalidad no es verificada. Se ocupan laderas, aires de río, franjas de seguridad y luego vienen los desastres “naturales” en asentamientos “aprobados” por alcaldías vecinas y el desastre debe ser atendido por la Municipalidad de La Paz (en resguardo de su jurisdicción municipal), como ocurrió con el deslizamiento de Codavisa, atendido por la Alcaldía de La Paz pero comprobándose que los propietarios de las viviendas afectadas de un asentamiento en un área declarada como “inhabitable” pagaban impuestos en el Municipio de Palca.
Es claro que el proceso de desinstitucionalización del estado que se ha puesto en marcha los últimos 20 años, con éxito para los depredadores que lo buscaron, ha alcanzado niveles que asustan y el “haz lo que quieras” afecta duramente a la vida urbana; construcciones fuera de norma proliferan y son más de 23 años que está vigente “la regularización”, por lo que construir fuera de norma ya parece costumbre o “normal” para acogerse a “regularizar”, lo que es un brillante negocio para el mercado inmobiliario y para estos traficantes inescrupulosos, afectos a la ilegalidad al pagar multas de montos absurdos frente al valor de venta de cientos de metros cuadrados de construcción ilegal “regularizada”.
Es necesario, pues, recuperar la gestión pública, recuperar la gestión municipal desde el estado, la sostenibilidad de la ciudad lo demanda, estamos sin rumbo y a tumbos, la ciudad de La Paz es una ciudad agresiva y esa agresividad es absorbida por sus pobladores; llamar la atención a alguien por infringir normas elementales de convivencia es suficiente para generar gritos e insultos. Se ve claramente que no hay idea de qué se está haciendo con la ciudad para mejorar nuestra propia calidad de vida y para dejar a las generaciones futuras condiciones para una vida digna, obligación que tenemos para con nuestros hijos y nietos.
Imagen destacada: Palacio Consistorial de La Paz, edificio sede del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, obra del Arquitecto Emilio Villanueva en 1925
Hace un año publiqué en este blog un artículo referido a la expansión de la ciudad de La Paz y la necesidad y condiciones de su densificación, mostrando cómo el mercado inmobiliario, cada vez más irresponsable, determina esa expansión, atropellando o adelantándose a cualquier intento de planificación en busca de beneficio inmediato y con total falta de preocupación por la sostenibilidad de esta hermosa ciudad.
En ese mismo artículo de la entrada de octubre de 2021, muestro cómo el mercado inmobiliario invade áreas destinadas a preservación del paisaje natural, a forestación o a áreas verdes al amparo de irregularidades generadas por la indefinición de límites del territorio municipal, la politiquería barata y la irresponsable gestión del territorio en los municipios involucrados.
En otra entrega de este blog me refería al avasallamiento de la propiedad municipal (propiedad pública, derecho de todos), preocupado por la destrucción del paisaje, por el avasallamiento de esa propiedad pública, pero más preocupado aún porque esa ocupación de tierras, en muchos de los casos, si no en todos, cuenta con “documentación legal” los más con base en “títulos agrarios”. Partamos de lo siguiente:
La Ley de Reforma Agraria (1953), al referirse a la “propiedad agraria” y sus formas, en su Artículo 4 define que “pertenecen al dominio patrimonial del Estado las tierras baldías, las que reviertan por caducidad de concesión o por cualquier otro concepto, las tierras vacantes que se hallan fuera del radio urbano de las poblaciones…”. Entiéndase por tierras baldías y tierras vacantes aquellas áreas no aptas para la actividad agropecuaria, tales como cerros, taludes, tierras con pendientes elevadas, aires de río, etc.
Una publicación en la primera plana del diario Página Siete de hoy, 19 de 0ctubre de 2022 confirma las razones de mi preocupación, pero, además, debiera generar preocupación y medidas de parte de las autoridades municipales. La noticia del diario publica una “revelación” del gobierno respecto a que, de los 2,3 millones de títulos agrarios emitidos por el INRA, “1,5 millones de títulos se dieron a tierras improductivas”, a pesar de lo que hace 70 años determinó la Ley de Reforma Agraria vigente. Está claro que no existe, por efecto de la politiquería barata, interés alguno del nivel central del estado por coordinar con el nivel municipal y coadyuvar a los esfuerzos municipales para una ocupación del territorio que garantice la sostenibilidad de las ciudades del país, de todas, no solamente de La Paz.
Los cerros de la foto están marcados (o lo estuvieron en algún momento) en los planos de la Ley de Usos del Suelo Urbano (LUSU) como Áreas Protegidas, lo que no fue ningún óbice para la ocupación de esas áreas con urbanizaciones promovidas por el sector privado (rectángulos rojos). (Fotografía: Jorge Valenzuela)
Que más del 65% de títulos agrarios correspondan a “tierras improductivas” no solamente molesta y preocupa por el engaño del que son objeto los destinatarios de esas tierras, si no porque molesta y preocupa la percepción clara de corrupción y manejo irresponsable del recurso tierra, recurso fundamental para la seguridad alimentaria, a pesar que los perpetradores del engaño, por años, se han llenado la boca con discursos como los de “independencia alimentaria”, “respeto por la madre tierra” y “economía comunitaria”.
En la imagen satelital (arriba) se marca con el óvalo celeste la construcción de un nuevo hospital en la Av. Zabaleta (esperemos se tomen las medidas necesarias para mitigar seguros impactos sobre el área), esta construcción «despertó el interés» de familias que no tardaron en reclamar «derecho propietario» sobre áreas, marcadas con el rectángulo rojo en las fotos (imágenes de abajo) que, además de ser «aires de río» (el Río Orkojahuira está embovedado debajo de la avenida) son taludes de la meseta de Miraflores que, por su ubicación, características y topografía, claramente son áreas de propiedad pública, pero si se atreven a reclamar derechos….. «algún papelito» debe haber por ahí y nada raro que el origen sea uno de los «títulos agrarios» de los 1,5 millones. (Fotografías: elaboración propia sobre imagen de Google Earth-arriba. Jorge Valenzuela-abajo)
Pero también debe recordarse que, por lo general, de los títulos agrarios parten los argumentos de “documentación legal” de los que ocupan tierras y áreas, incluso con características de constructibilidad de alto riesgo o áreas que, los esfuerzos por planificar y la norma emergente de dichos esfuerzos, establecen como “no edificables”, como “aires de río”, como “reservas naturales y paisajísticas” o “áreas verdes”. Como el registro de propiedad en Derechos Reales inscribía, hasta hace poco, propiedades carentes de georreferenciación, de información clara de ubicación o catastral (posiblemente se sigue haciendo respecto de propiedades alejadas en áreas rurales), los títulos agrarios podían presentarse con supuesta ubicación en áreas urbanas, dando paso a la especulación y a la libertad de acción del negocio inmobiliario irresponsable para ocupar suelo a su antojo. ¿Cuántos de esos “1,5 millones de títulos” servirán y sirvieron para atentar a la sostenibilidad del desarrollo de las ciudades?
¿Cómo puede permitirse la ejecución de trabajos de este tipo en áreas que forman parte del patrimonio natural urbano? (Fotografías de Cynthia Patiño, publicadas en Facebook)
La imagen destacada o de cabecera es una toma de pantalla de la primera plana del diario Página Siete publicada en su cuenta de Facebook; en la imagen se han cubierto otros titulares e imágenes de publicidad.
El 14 de octubre de 2021 publiqué en este blog una entrada sobre la expansión y la densificación de la ciudad de La Paz en el que resaltaba las deficiencias de la norma para una densificación adecuada a la necesidad de las mejores condiciones de vida a las que la población aspira y que la ciudad debe ofrecerle.
El 9 de septiembre pasado el Concejo Municipal de La Paz, en un proceso lleno de irregularidades procedimentales, demostradas públicamente por la presidente de ese organismo legislativo, aprobó una Ordenanza Municipal que busca introducir modificaciones a la Ley de Usos del Suelo Urbano (LUSU) con el argumento de una necesaria densificación, argumento que ahora cambia a la necesidad de romper un supuesto “monopolio en la construcción de edificios de altura” que se habría desarrollado desde las condiciones normativas de la LUSU (personalmente no me imagino cómo), según expresiones del secretario del Concejo en varias declaraciones y entrevistas públicas, constituyéndose en una acérrimo defensor de un atentado contra la ciudad.
Las primeras páginas de los documentos de la Ordenanza Municipal «aprobada» por el Concejo Municipal el 9 de septiembre pasado, mismos que circularon, con alarma, en las redes sociales al día siguiente.
La densificación es una herramienta valiosa, parte de una estrategia de intervención integral en la ciudad, para lograr la visión expresada en el Plan La Paz 2040 (uno de los pocos esfuerzos de planificación lograda) de una ciudad compacta, policéntrica y sostenible. Está claro que es valiosa frente a las posibilidades de una ciudad como La Paz, consolidada y con escasez de áreas para una expansión racional, con muy poca disponibilidad de tierras aptas para espacios públicos, áreas verdes funcionales y construir equipamientos, estas posibilidades parecen muy limitadas, por ello, se requiere de planificación, voluntad política (no politiquería barata), apoyo gubernamental (el gobierno central es nuestro inquilino) y responsabilidad profesional, empresarial y ciudadana.
La densificación no se logra con una alegre modificación de las cartillas normativas, incrementando entre dos y cuatro veces la altura posible de edificaciones prevista en la norma vigente, la densificación no es construir bloques de cemento más grandes, la densificación implica gente, familias con aspiración de mejor calidad de vida, que buscan oportunidades de desarrollo social y personal, no oportunidades para “constructores” del mercado inmobiliario que quieren hacernos creer que rompen un supuesto monopolio para beneficio de la ciudad.
Proyectos de vivienda de alta densidad, con soluciones que no parecen ser adecuadas a una buena calidad de vida y que, parece ser, están ocupando áreas que la norma considera de reserva forestal áreas verdes o áreas protegidas. (Fotos: arriba, izquierda Google Earth, derecha Jorge Valenzuela, abajo Guadalupe Dorado Quiroga).
La densificación parte de lograr centros (estrategia de centralidades) que acerquen los servicios sociales (educación, salud, gestión, recreación, cultura) al vecino (gente, familias), mejorando la movilidad urbana, agrupando a las comunidades, generando seguridad, emprendimientos y cohesión social. Desde estos centros, de su consolidación y de su función, casi de manera natural, se provoca y se demanda la densificación planificada, normada y controlada. Implica un proceso de análisis y planificación en el que se detectan áreas de concentración de actividades (ya lo hizo el Programa de Centralidades del GAMLP) y en el que la información censal, por distritos, permitiría detectar y entender, en esas áreas, tendencias de ocupación para medir las posibilidades y requerimientos de la densificación.
La densificación responsable no se logra reduciendo o eliminando en la norma el requerimiento de retiros, peor si se lo hace para edificaciones de altura (20 pisos y más en las cartillas de la ordenanza que se pretende aprobar) y tampoco eliminando de la norma el requerimiento de área mínima verde (un buen logro, aunque débil, de la LUSU vigente). El retiro y el área mínima verde crean el volumen de aire, el espacio libre y la vegetación que benefician al ambiente (asoleamiento, ventilación, climatización) de los espacios funcionales privados (vivienda, oficinas, otros), son el aporte privado al ambiente urbano que a su vez favorece a la calidad de vida de todos sus habitantes.
Una de las cartillas «aprobadas» por el Concejo Municipal para el Distrito 18. En la LUSU no existe patrón de asentamiento 5 en el Distrito 18, la ordenanza lo crea, además como construcción pareada (5P), es decir, puede no dejar retiro a un lado del predio; la cartilla de patrón 5 en otros distritos permite un Área Máxima a Edificar (AME) de 500% de la superficie del terreno, esta cartilla indica un AME de 1750 %!!!, lo que permitiría construir un edificio de 25 pisos o más SIN OBLIGACIÓN DE RETIROS o retiro de 2 metros!!! si se deseara abrir ventanas. En un terreno de 1,000 m2 podría hacerse un edificio de 17,500 m2 construidos, posiblemente entre 80 a 90 unidades de vivienda SIN ESTACIONAMIENTO VEHICULAR!!!, o sea, 80 a 90 vehículos más a parqueo en calles donde ya no cabe más parqueo. (Foto: Documento que circula en las redes sociales)
Densidad de población, señores del Concejo Municipal, es la relación de un número de personas (gente, familias) sobre una unidad de superficie del territorio, no más bloques o edificios más altos. Efectivamente, un número mayor de personas requiere una mayor cantidad de viviendas, pero vivienda no solo es la casa o el departamento, la vivienda es un concepto tan amplio como claro, además de con la casa o el departamento, se hace con los servicios para sus habitantes, educación para niños y jóvenes, salud para todos, espacios para el trabajo, la cultura, la recreación, el abastecimiento, se hace con movilidad (vías y medios de transporte), gestión al alcance, espacio público y áreas verdes.
Un edificio de vivienda, aparentemente construido en apego a la norma vigente; carece de áreas verdes. Evidentemente, la norma debe ser revisada pero con rigurosidad técnica y apuntando a mejorar la calidad de vida y la sostenibilidad de la ciudad. (Foto: Jorge Valenzuela)
La calidad de la vivienda depende también de los servicios básicos (agua, alcantarillado, energía, drenaje pluvial, comunicaciones). No hay mucha información respecto del estado de las redes, salvo la creciente maraña de cables aéreos que está a la vista, dado que, en los últimos 20 años, se ha incrementado, bajo las condiciones de la norma vigente, la construcción de edificios en altura, de hecho, muchas áreas de la ciudad se han densificado; sin embargo, cualquier proceso de densificación, incluso el que se viene dando en estos últimos años, para considerarse responsable, debe evaluar y dimensionar la capacidad de las redes de los servicios básicos y su requerimiento para servir a una mayor cantidad de población (gente, familias).
Área de San Miguel, sobre la que apunta una parte de la modificación de la norma «aprobada» en el Concejo Municipal, incrementando el volumen de construcción y eliminando el requerimiento de espacios de parqueo (Foto: Jorge Valenzuela)
Uno de los problemas más complejos de la ciudad está en la movilidad urbana, aunque se tiene una infraestructura aceptable y, en muchos sectores, más que suficiente; sin embrago los problemas de congestionamiento y desorden en el espacio público son evidentes. Este tema lo traté en la entrada de este blog (21 de julio pasado. Ver: https://jorge-valenzuela.blog/2022/07/21/movilidad-urbana-en-la-paz-puede-mejorar) pero queda claro que no se les haría ningún favor a los intentos de encarar soluciones eliminando la exigencia normativa de número mínimo de parqueos contenida en la LUSU, más aún si se trata de nuevas edificaciones de más de 20 pisos, como se propone en la ordenanza tratada en el Concejo Municipal. A pesar de que los edificios cuentan con espacios de parqueo, en respuesta a la norma vigente, el problema de estacionamiento vehicular es muy grande y provoca enormes dificultades a la movilidad urbana, especialmente en la Zona Sur, donde la irresponsable propuesta normativa pretende intervenir.
Todo esto es parte de la vivienda y sus características y condición hacen a la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, por eso, modificar cartillas normativas de la LUSU, sin ninguna rigurosidad técnica, como pretende hacerlo el Concejo Municipal, para favorecer al mercado inmobiliario con la construcción de edificios más altos, con menos restricciones y con condiciones deplorables para el ambiente urbano no puede ser aceptada por la población y debe ser evitada por la autoridad competente.
Al iniciar este “blog” Haciendo Ciudad, hace cuatro años, hice notar los que, en mi concepto, son los problemas más acuciantes de la ciudad de La Paz que están referidos a estos aspectos: 1) sanidad-medio ambiente, 2) movilidad urbana y 3) espacio público-áreas verdes. Sobre el primero, lo que se ha hecho desde entonces es seguir embovedando ríos. Respecto de la movilidad, además de haberse quemado 66 buses del sistema «La Paz-Bus», se están construyendo y se han concluido viaductos que han demostrado, hasta ahora, poca efectividad apuntándose, además, a una avenida sobre el “nuevo embovedado” del Río Choqueyapu, afectando a la sanidad y al medio ambiente. En cuanto al déficit y mal uso del espacio público y áreas verdes, se ha incrementado exponencialmente el comercio en vía pública, se han plantado muchos árboles, lo cual es bueno, pero también se han descuidado, incluso abandonado, muchos jardines y áreas verdes y se ha incrementado la invasión de áreas protegidas, incluida la quema de vegetación.
Estuve conversando con mis alumnos de la universidad y recibiendo sus trabajos y percepciones sobre la movilidad urbana, lo que me llevó a que en esta entrega quiera tocar nuevamente el tema porque, luego del confinamiento, personalmente alargado por voluntad propia, debido a la pandemia, salir a recorrer la ciudad me ha revelado el recrudecimiento de los problemas de movilidad y considero necesario referirme a lo que considero los causa y esbozar algunas ideas para generar posibles soluciones.
Transporte “público” caótico
El transporte realizado por miles de minibuses, incluidos en cientos de líneas (a la vez rutas), cuyas rutas muchas veces cambian según capricho o necesidad del conductor, es un servicio público proporcionado por privados, sindicalizados, organizados y con mucho poder frente a la autoridad, en este caso municipal y a la ciudadanía que no tiene más remedio que recurrir a este servicio. Este sistema de transporte es, indudablemente, “masivo” por la demanda que cubre, pero absolutamente ineficiente en el marco de lo que debiera considerarse un sistema de transporte público masivo por la poca capacidad de sus vehículos y la enorme cantidad de éstos en las vías de la ciudad. El transporte público de “La Paz-Bus” (buses “Pumakatari”) no puede absorber mucha más demanda porque las rutas que debe seguir no son las adecuadas a la eficiencia que su capacidad permitiría, precisamente por presión e imposición del transporte sindicalizado.
Congestión de tráfico en la Avenida Mariscal Santa Cruz en el centro de la ciudad de La Paz. Si se observa la fotografía, claramente se ve que la posible presencia de vehículos privados (familiares, personales) es mínima, si la hay, la enorme mayoría son vehículos privados de «transporte público» (minibuses, micros, «trufis», taxis, etc.). (Fotografía de El Diario).
Concentración de actividades en el centro
El Macrodistrito Centro (Mactrodistrito 7) del área urbana del Municipio de La Paz, conformado por los Distritos 1 (centro tradicional extendido) y 2 (Miraflores), alberga, aproximadamente, el 8% de la población urbana y más del 19% de los equipamientos sociales que prestan servicios de educación, salud, cultura, abastecimiento, etc.; de este porcentaje, en el Distrito 1 se concentra el 64% de dichos equipamientos y en el Distrito 2 está la mayor concentración de servicios de salud de la ciudad, incluidos los más importantes hospitales de tercer nivel.
Colindando con el Distrito 1, muy cerca, en el Distrito 3 (Sopocachi) también se observa una concentración de equipamientos de educación y en el Distrito 6 (San Pedro) se encuentra el Mercado Rodriguez y otros mercados y tambos de un conjunto comercial que, desde el período colonial, constituyen el centro de abasto más concurrido de la ciudad. El comercio informal junto al comercio formal son parte muy importante de esta concentración de actividades en el área central de la ciudad.
El Mercado Rodriguez, otros mercados más pequeños y tambos forman un conjunto comercial muy importante; funciona todos los días y el fin de semana ocupa las calles adyacentes cerrando totalmente las vías a la circulación vehicular. Es un centro de abastecimiento importante y funciona prácticamente como centro de acopio urbano. (fotografíasGAMLP).
A los servicios considerados en este análisis debe añadirse los servicios de gestión, tanto del nivel central del estado como los de los niveles departamental y municipal, así como servicios generados por el sector privado, aunque éstos, por lo general, ya han generado desconcentración, especialmente la banca y el sector empresarial.
El flujo de personas en busca de servicios, desde diferentes puntos de la ciudad hacia este centro, así como el de comerciantes y trabajadores que, además desde las laderas y desde otros distritos, proceden de El Alto y del área metropolitana, generan una demanda enorme de transporte. “En efecto, las personas que se trasladan desde El Alto hacia la ciudad de La Paz, en horas pico se han estimado en 20,196 por hora y 7,071 desde La Paz hacia El Alto”.[1] Asimismo, René Pereira indica: “El Plan Urbano de Tráfico y Transporte estima por conteos realizados durante dos años, que cerca de 130 mil alteños llegan o pasan por el Casco Urbano Central diariamente, cifra que equivale al 20% de la población de El Alto (Urquizo, 2004)”.[2]
Concentración de actividades de gestión, servicios, cultura, comercio, etc. en el centro urbano de La Paz.
Considerando que “los servicios y comercio son la principal actividad”, René Pereira muestra que el 28% de estas actividades se concentran en el Macrodistrito Centro, 23% en el Macrodistrito Max Paredes y 20% en Cotahuma, según el Censo de Actividades Económicas del Municipio de La Paz realizado el 2007.[3]“El estudio Diagonal-CEP, 2004 indica que, de los 4.346 comerciantes en la vía pública identificados, solamente un 6.6% residen en el denominado Casco Urbano Central”[4], este mismo estudio muestra que 36% de dichos comerciantes proceden de El Alto y que 53,8% de ellos proceden de las laderas de la ciudad de La Paz.
Diseño y dimensionado de vías.
En 2015, la Cooperación Suiza en Bolivia, la Fundación Swisscontact y Proyecto Aire Limpio publicaron el “Manual de Diseño de Calles para las Ciudades Bolivianas” y en 2018 el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, con apoyo de la Cooperación Suiza-Swisscontact, publicó el “Manual de Diseño Vial La Paz”, ambos documentos establecen las pautas y lineamientos para el dimensionamiento y diseño adecuados de vías.
El diseño y dimensionado de vías es muy variado en la estructura vial de la ciudad; calzadas con dimensiones que no responden a un criterio de funcionalidad con base en velocidad de circulación, jerarquía de vía y tipo de vehículos, dan pie a arbitrariedad por parte de los conductores, a estacionamiento no permitido y a ocupación de la vía.
Si se analiza el diseño y el dimensionado actual del sistema vial de la ciudad a la luz de dichos documentos y con base en la observación de lo que ocurre en la realidad, se puede comprobar que gran parte de la red vial de la ciudad no responde a las características y dimensiones contenidas en los manuales, muchas calzadas están sobredimensionadas, los trazos de vías o los radios de giro no son los correctos, lo que da paso a un uso inadecuado por parte de conductores, posibilitando maniobras indebidas, estacionamiento vehicular arbitrario, “paradas” de transporte público a capricho del usuario y del transportista, en resumen, más razones para el caos y la congestión vehicular.
Arbitrariedad y falta de educación y control
Una primera experiencia, en mi concepto muy positiva, “la primera vía de tráfico calmado”[5], que incluyó trazo y dimensionamiento adecuados, con base en lo mencionado en el punto anterior, es la realizada en la Av. José Aguirre (Los Pinos); un muy buen intento de ordenamiento del flujo vehicular, de las paradas de transporte público, de los pasos peatonales y de espacios para estacionamiento temporal. Esta experiencia no funciona de manera totalmente efectiva por dos razones: la primera es que su diseño e implementación no consideraron la participación vecinal, lo que hubiera permitido adecuarlos mejor a los requerimientos de los usuarios y la segunda es la arbitrariedad de conductores y usuarios en el uso de sus elementos funcionales.
El proyecto Zona de Tráfico Calmado en la Av. José Aguirre de Los Pinos, en la Zona Sur.
En esta avenida, diseñada para una adecuada funcionalidad, la “parada” de transporte público, minibuses, “trufis” y taxis responde al capricho de los usuarios, pasajeros y conductores, que no consideran que se han distribuido bahías para ese propósito a fin de evitar la interrupción del flujo, solamente los usuarios y conductores de los buses “Pumakatari” respetan las paradas asignadas. Los conductores y operarios de vehículos de las empresas que abastecen a los múltiples comercios distribuidos a lo largo de la avenida, así como los clientes de éstos tampoco respetan las condiciones que el diseño ha propuesto para ese fin y realizan su labor a cualquier hora o estacionan vehículos particulares sin importarles la interrupción del flujo vehicular.
Estacionamiento en lugar no permitido (izq.), ocupación de la vía peatonal por parte del comercio informal (centro), parada de transporte en cualquier parte y ocupación de la acera como estacionamiento vehicular, la arbitrariedad de conductores, usuarios y comerciantes está por toda la ciudad.
En muchos sectores de la ciudad, además de la arbitrariedad en las “paradas” del transporte público, son actitudes muy comunes de usuarios y conductores el “estacionamiento en doble fila”, no respetar las señales de tránsito, peor aún, no respetar las señales de semáforo, desconocer la presencia de pasos de cebra y pasos peatonales, estacionar en lugares no permitidos considerando las luces de parada como elementos mágicos para la “desmaterialización” del vehículo que interrumpe el flujo normal y crea condiciones para el caos y la inseguridad.
La falta de control frente a estos atropellos es un problema grave, parece no existir control alguno porque la arbitrariedad aparenta ser una condición aceptada, aunque también debe reconocerse que dicho control se dificulta por la prepotencia de muchos usuarios que llegan incluso a la agresión contra funcionarios cuya labor es la de apoyar al orden y vigilar el cumplimiento de la normativa.
Bosquejando soluciones
Cada vez que tengo la oportunidad de expresarme en eventos profesionales lo digo y lo repito, solucionar los problemas de movilidad (y otros) requiere “cambiar la ciudad”, reestructurarla física y funcionalmente. La “ciudad compacta y policéntrica” propuesta por Richard Rogers[6] y visualizada para esta ciudad en el “Plan La Paz 2040”, es factible y muy pocas ciudades deben tener las condiciones más favorables para ello como la ciudad de La Paz las tiene. Su topografía y su población han establecido núcleos variados de concentración de actividades, aparte del centro tradicional, que son la semilla para consolidar, fortalecer y generar nuevas centralidades.
Centralidades urbanas, más allá de un programa municipal, debiera ser la estrategia de intervención más importante para posibilitar condiciones de sostenibilidad para La Paz, ya que, al promover la desconcentración de servicios facilita la accesibilidad de la población a los mismos, reduce distancias y tiempos de desplazamiento, por tanto reduce la demanda de transporte y puede fomentar el uso de medios alternativos no motorizados, todo esto se traduce en mejores condiciones para solucionar los problemas de movilidad urbana.
Gráfico de las Centralidades Urbanas detectadas, elaborado por el Gobierno Municipal (izq.). Las imágenes de la derecha son visualizaciones de los equipamientos de centralidades generadas para promover los concursos de diseño que el Programa de Centralidades ha organizado con éxito de participación. Considero que, más allá de la calidad de los diseños y propuestas, no se ha encarado la desconcentración de actividades ni la descentralización de los servicios de gestión estatal.
Aplicar la estrategia de consolidar nuevas centralidades urbanas dinamizaría las zonas y crearía condiciones para reforzar el sentido de pertenencia y de identidad, posibilitaría nuevos espacios para la convivencia y socialización y nuevos emprendimientos de los vecinos, lo que serían buenas oportunidades para reducir el déficit de espacio público. Pero esta estrategia requiere de voluntad política, fundamentalmente de parte del nivel central del Estado, para desconcentrar los servicios de gestión, lo cual no parece ser de interés de este inquilino de la ciudad que en los últimos años ha construido, sigue haciéndolo, grandes infraestructuras de oficinas que no hacen otra cosa que fortalecer la concentración y centralización.
Es indudable que las nuevas soluciones para el tráfico, que surjan de la consolidación y funcionamiento de las nuevas centralidades, exigirán una sustancial mejora del transporte público masivo, mejora que deberá basarse en una planificación que busque el bien común y desarrollada en un proceso que incluya la, difícil pero no imposible, participación conjunta del transporte sindicalizado y del gobierno municipal, en la que se generarían nuevas condiciones para los distintos modos de transporte y su integración en un servicio de calidad para toda la población.
Las construcciones realizadas por el nivel central del Estado en los últimos cinco a seis años sin ninguna consideración con el impacto sobre la ciudad y destruyendo patrimonio arquitectónico. En la foto de abajo a la izquierda se ve la nueva torre, la tercera, construida para el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz demostrando la total ausencia de voluntad para desconcentrar servicios, en este caso uno de los servicios que mayor desconcentración demanda por la cantidad de trámites que genera.
Está claro que tenemos infraestructura, una red vial que, si bien debemos evaluar y corregir constantemente, funciona, aunque lo haga con defectos. Se debe evaluar conscientemente la necesidad de más vías y más infraestructura para el transporte a fin de definir claramente su necesidad, dimensión y funcionalidad frente a otras soluciones que pueden ser tan o más efectivas con menos inversión; “ampliar el número de vías de una autopista para reducir la congestión vial es como aflojar el cinturón para resolver la obesidad”.[7] Redimensionar las vías, fundamentalmente las calzadas, ajustando sus medidas y capacidad con base en el contenido de las guías mencionadas líneas arriba, crear puntos de parada para el transporte público, bahías de estacionamiento temporal en lugares adecuados a su necesidad, incluir señalización vertical y horizontal, reglamentar horarios y lugares para el abastecimiento a comercios, son soluciones que pueden aportar con mucho a una mejor movilidad urbana. Ver en este blog: https://jorge-valenzuela.blog/2021/07/08/sistema-vial-de-la-paz-ver-al-futuro-es-imperativo/
Los manuales elaborados y publicados con apoyo de la Cooperación Suiza son importantes documentos para diseñar y dimensionar adecuadamente el sistema vial para optimizar su funcionamiento.
Un dimensionamiento correcto de las calzadas, mejoraría en mucho las características del espacio público para el peatón y si, además de las nuevas centralidades y un dimensionamiento correcto de calzadas, se buscan, piensan, evalúan e implementan, considerando la topografía del territorio, elementos de infraestructura para facilitar la circulación peatonal y el uso de medios de transporte no motorizado, sin dejar de lado la posibilidad de peatonalizar, con base a estudio, áreas del centro urbano, lograríamos condiciones para una ciudad acogedora, reduciendo la dependencia del automóvil, permitiendo, como dijo el urbanista Lewis Mumford, “restaurar las piernas humanas como un medio de transporte. Los peatones dependen de alimentos para combustible y no necesitan aparcamiento especial”.[8]
Frente a las actitudes de conductores, usuarios y personas en general, debe preocuparnos, primero, la pérdida de valores en la sociedad, no hay conciencia de las responsabilidades ciudadanas, avergüenza la corrupción y que ésta se haya filtrado a toda la sociedad desde el poder, muchos creen que tienen derecho a hacer todo y cualquier cosa, sin importar el efecto de sus acciones sobre los demás y sobre la calidad de vida y de ambiente en la ciudad; olvidan que “los derechos de uno terminan donde comienzan los derechos del otro” haciendo gala de prepotencia, incultura y ausencia de valores y pensando que todo se puede comprar.
También debe preocuparnos la falta de educación, enseñar a vivir en comunidad y en ciudad es una obligación del sistema educativo; la “instrucción cívica” debe ir mucho más allá del “respeto y amor a la patria y sus símbolos” y avanzar a inculcar valores éticos y de respeto, enseñar derechos y deberes en la relación con el otro y con la comunidad, enseñar, desde la escuela a vivir en la ciudad de todos y para todos. Avanzar en mejorar y fortalecer estas condiciones sociales responsabilidad del estado, de la familia y del individuo en su condición de ciudadano, funcionario, jefe de familia, profesional, comerciante, conductor, etc., responsabilidad de todos.
La Ley Municipal Autonómica Nº 467, concebida para la regularización de edificios fuera de norma, fue aprobada por el Concejo Municipal el 15 de noviembre de 2021 y promulgada por el alcalde el 26 de noviembre de 2021; estas fechas son muy importantes para hacer un seguimiento de las acciones que debieran emprenderse en defensa de la ciudad y su sostenibilidad, defensa para la que fue redactada, aprobada, revisada y ajustada la vigente Ley de Usos del Suelo Urbano-LUSU, cuyo contenido “establece las normas que rigen el uso, clases y destino del suelo, patrones de asentamiento así como parámetros de edificación para la construcción en el territorio del Municipio de La Paz”[1].
Es posible que la LUSU sea, entre las normas municipales, la más vulnerada, afirmación que se confirma con datos contenidos en el propio texto de la Ley 467 (Exposición de Motivos) refiriéndose a que un “universo de trámites ascendía a 7.877 trámites pendientes, al momento de cierre de la entonces Unidad Gestora del Proceso de Regularización de Edificaciones Fuera de Norma (UGPRE) en la gestión 2018”[2]. Vulnerar las normas de ocupación del suelo y de parámetros de edificación en nuestra ciudad no es algo nuevo, lamentablemente se hace con frecuencia, sin ningún apego por el futuro de la ciudad y su medio ambiente urbano, por acción carente de valores éticos de vecinos, propietarios, promotores inmobiliarios y, más doloroso todavía, de profesionales. (Ver en este blog la entrada: “¿Cómo se administra la norma?” – https://jorge-valenzuela.blog/2020/03/19/como-se-administra-la-norma/).
Proyectos impuestos desde el Gobierno Central, vulnerando la norma, destruyendo el patrimonio arquitectónico y desconociendo las atribuciones del nivel municipal sobre la planificación de la ciudad.
También es preocupante que muchas de las acciones contrarias a la norma se realicen desde el estado, como lo hacen instituciones del gobierno central actuando como un pésimo inquilino de la ciudad. (Ver entrada: “Normativa para equipamientos… ¿Existe? ¿Se cumple?”- https://jorge-valenzuela.blog/2019/03/05/normativa-para-equipamientos-existe-se-cumple/). Por otro lado, extraña y confunde que desde la propia norma se generen “oportunidades” para atentar contra el ambiente urbano como la de “Ocupación Temporal de Retiros Frontales”, inexplicablemente contenida en el Artículo 23 de la LUSU o como la “conversión de la sanción de demolición en sanción de multa pecuniaria” contenida en el Artículo 22 de la Ley Municipal Autonómica 233 de Fiscalización Técnica Municipal. (Ver en este blog la entrada: “Fuera de Norma” – https://jorge-valenzuela.blog/2019/08/10/fuera-de-norma/)
Con esta introducción y volviendo a la Ley 467 (de Regularización), ésta, en sus Artículos 1 y 2 establece que sus disposiciones se aplicarán a las “edificaciones anteriores a la publicación de la presente Ley…”, por lo que debo expresar la primera preocupación. La Ley entró en vigencia el 26 de noviembre de 2021 y los mayores infractores y negociantes inmobiliarios, tres meses después, siguen promocionando sus proyectos fuera de norma, promoción pública, aunque de bastante mal gusto, muy difundida y, por lo que se ve en las redes sociales, despierta muchísimo interés en el público.
A la izquierda, gráficos de promoción en la redes sociales para la venta de departamentos en edificios en proyectos cuyas características están fuera de norma; arriba la promoción del Edificio «Las Loritas 10», cuyo proyecto muestra un excedente de 18 pisos respecto de lo que la norma le permite, publicada el 15 de marzo de 2022, abajo la propaganda de «Youths Buildings», publicada el 10 de marzo de 2022, cuyo proyecto excede en 10 plantas a lo que la norma le permite.
Si se promociona la venta de departamentos que, por efecto de la LUSU y, a pesar de la Ley 467, NO pueden existir porque los proyectos de los edificios que los contendrían no respetan la norma y no podrán ser regularizados, se está promocionando públicamente, con profusión y con descaro un FRAUDE. ¿No corresponde que las autoridades tomen cartas en el asunto? ¿Podría el Gobierno Municipal convertirse en cómplice de ese fraude si, sabiendo que lo que se promociona no responde a la normativa municipal, no hace nada para frenarlo? Con una promoción tan difundida ¿puede el GAMLP hacerse de la vista gorda frente a un abierto desafío a la legalidad de parte de estos negociantes? En ninguno de los casos incluidos en Artículo 4 de la Ley 467 estas “futuras edificaciones” tan ampliamente promovidas se prevé podrán ser objeto de regularización, por lo tanto, se confirma que promueven un engaño. (Ver en este blog la entrada: https://jorge-valenzuela.blog/2022/01/30/que-pasa-con-la-norma-no-hay-fiscalizacion/).
El mismo Artículo 4 de la Ley 467, en el inciso d) señala que el alcance de sus determinaciones alcanza a “edificaciones o predios que no hayan cumplido las disposiciones señalas en las cartillas normativas LUSU y no cumplan con los parámetros de edificación y no se encuentre dentro de las improcedencias conforme a la presente normativa” y en el Artículo 10 es “aplicable a todas las edificaciones que mínimamente se encuentren en obra gruesa que cuente con tabiquería o cualquier material constructivo que sirva como cerramiento perimetral y cubierta,…”. Estas determinaciones no solamente cierran cualquier posibilidad de regularizar “futuras construcciones” si no que también establecen límites para las que se iniciaron en el pasado.
Lo que no aclara la norma, y debió hacerlo, es que estas “edificaciones en obra gruesa” debieron haber detenido su ejecución desde la fecha de promulgación de la Ley para acogerse a sus beneficios aplicables, por lógica, solamente a lo construido y no a lo proyectado, dado que el proyecto no fue aprobado y la Ley 467 no prevé que pueda ser aprobado para su conclusión fuera de norma. Esta imprevisión de la norma da pie a que los negociantes continúen con su construcción, terminen el edificio fuera de norma y busquen acogerse a los beneficios de una “regularización” ilegal.
A la izquierda la imagen de propaganda y oferta de departamentos del Edificio «Las Loritas 7», publicada el 15 de marzo de 2022, a la derecha la imagen de la construcción del mismo edificio, publicada por el Diario Página Siete el 24 de enero de 2022, mostrando que después de la promulgación de la Ley 467 siguió el proceso de construcción de un proyecto fuera de norma que excede en más de 15 pisos a lo que la norma lo permite.
Pero decir que esta “regularización” está hecha a medida del negocio inmobiliario no es algo equivocado, ya que el Artículo 11 de la Ley 467 establece que “la regularización de construcciones, comprende los siguientes casos: a) Edificaciones sin planos aprobados que se encuentren fuera de norma por vulnerar uno o más parámetros de edificación de la cartilla normativa correspondiente.”[3] Lo que sin ninguna duda favorece a la aprobación de los planos de los proyectos fuera de norma cuando lo que correspondería sería aprobar planos que registren lo construido hasta obra gruesa antes de la fecha de promulgación de la Ley y nada que hubiera sido hecho posteriormente a la misma. Sin lugar a dudas, este procedimiento DEBE ser aclarado por el GAMLP.
Otro contenido de la Ley 467 “a medida del negocio” es que contempla un capítulo para la “conversión de la sanción de demolición a sanción de multa pecuniaria” (Capítulo VII) prevista en el Artículo 22 de la Ley Municipal 233 de Fiscalización y tres artículos (20, 21 y 22) referidos a infracciones sobre lo establecido en la LUSU y sus cartillas para Altura Máxima de Fachada (AMF), favoreciendo construcciones fuera de norma de más de 10 plantas y, por lo que se señala en ellos, prácticamente sin límite de altura en la infracción.
Aunque parezca redundante, se insiste en que la regularización aplica para construcciones en obra gruesa anteriores a la fecha de promulgación de la Ley, por lo que los proyectos en promoción (“Las Loritas 10”, “Youths Buildings” en Següencoma) no pueden ser parte de este proceso constituyéndose en promociones que podrían derivar en fraude.
La mayor ilegalidad se daría si el GAMLP aprobara estos proyectos ya que el primero (“Las Loritas 10”) promociona ¡26 plantas!!! Y si se considera que la Ley 467 establece que “las infracciones identificadas que hayan vulnerado la LUSU implicará de manera inmediata la pérdida de los incentivos contemplados en la cartilla correspondiente”, la infracción en este edificio alcanzaría a 20 plantas; en el caso del edificio en Següencoma (“Youths Buildings”) la infracción sería de 8 plantas. Esperemos que, con apego a la Ley, a la voluntad de hacer una ciudad mejor y a los valores éticos que se piden a ciudadanos y autoridades de gobierno, estas aprobaciones no se den y que, de una vez por todas, se frenen esas promociones.
Por otra parte, las sanciones pecuniarias que reemplazan a la de demolición alcanzarían, según los artículos 21 y 22, al 15% y al 30% del valor de la superficie en infracción de acuerdo con “el cuadro de Avalúo de las construcciones está establecido en la Ley Municipal Autonómica No. 344 de Zonificación y Valuación Zonal del Área Urbana del Municipio de La Paz, Tabla No. 4”, lo que en ningún caso favorecerá a evitar incumplimientos futuros, puesto que esos costos fácilmente se absorberán en los márgenes de utilidad de los negociantes inmobiliarios e, incluso, serán cargados al costo del inmueble para su venta al público y absorbidos por éste. La multa por este tipo de infracción, para promotores del negocio inmobiliario, debiera ser mucho más alta que el valor comercial de la superficie edificada fuera de norma si realmente se quiere frenar esta tendencia.
Verdaderamente causa desesperanza, preocupación y mucho temor por el futuro de la ciudad una inacción tan notoria por parte de la autoridad encargada de planificar y administrar ese futuro, ya bastante dañado por años de ineficiencia en la fiscalización de la aplicación de la norma, por años del accionar negativo de negociantes inmobiliarios y, tristemente, de profesionales faltos de ética y de una población que no ha alcanzado a entender las razones y necesidad de contar con las normas que buscan mejorar su calidad de vida y cumplirlas.
[1] Ley de Usos del Suelo Urbano-LUSU, Artículo 1. Objeto y Naturaleza
[2] Ley Municipal Autonómica Nº 467, Exposición de Motivos
La imagen destacada o de cabecera es de elaboración propia con imágenes de la promoción en redes sociales de los proyectos cuyas características están fuera de norma y la toma de pantalla de la Ley 467 publicada por https://es.scribd.com/
Cuando se sale y se va al centro de la ciudad después de mucho tiempo, uno puede llevarse una desilusión como la que genera el observar el enorme incremento en la ocupación del espacio público por el comercio informal, pero también, como en este caso, sustos. El 17 de mayo de 2021 publiqué en este blog una “mini-entrada” con el título de “Espacio Público y rejas!!!” en el que afirmaba que “Cuando la DEMOCRACIA no funciona desde el gobierno … las rejas en los edificios públicos (una de las formas del espacio público urbano) se hacen una necesidad”, una preocupación que surgió al ver rejas en el acceso al auditorio del emblemático proyecto del Arq. Juan Carlos Calderón para el Centro de Comunicaciones de La Paz, hoy sede de ministerios y transformado en panel para propagandas, incluso luminosas, de bastante mal gusto. Aunque esto de la propaganda no es el tema de esta entrada, es interesante comentar que forma parte de la chabacanería de usos y costumbres muy propios de nuestra cultura popular y se trata de convertir cualquier objeto en una especie de traje folclórico de fiesta, algo bastante exacerbado en los últimos años.
La propaganda inserta sobre el edificio por organismos del Estado Central, en estos casos con características algo menos agresivas que en otras oportunidades, de las que no pudo enco0ntrarse imágenes. Fotografías de la página del Centro de Comunicaciones de La Paz
Volviendo al hilo del tema, la sorpresa y el susto se presentaron cuando comprobé que las rejas habían hecho un importante avance para rodear TODO el edificio, corolario de una tarea de cerramiento que se inició también en los últimos años, uno de los muy pocos e incipientes cambios dentro del llamado “proceso de cambio”, haciendo, por alguna razón, de las rejas una necesidad.
Las primeras rejas se instalaron hacia 2008 cerrando el pequeño atrio del Auditorio y los accesos al espacio público creado por el Arq. Juan Carlos Calderón sobre la cubierta de Correos. El cierre, desde mi punto de vista innecesario, respondió a la instalación de «controles de seguridad», que bien pueden hacerse al interior del hall principal, pero el ejercicio de la democracia parece no ser el fuerte de los organismos estatales. Fotografías: izquierda de Google Maps; derecha de Empresa SICO.
El sector del centro en el que se ubica el Centro de Comunicaciones es un lugar que claramente se identifica como un “nodo” entre los contenidos de la imagen de la ciudad concebidos por Kevin Lynch: “los nodos son los focos estratégicos a los que puede entrar el observador, tratándose típicamente de confluencias de sendas o de concentraciones de determinada característica”.[1] La confluencia de la Av. Mariscal Santa Cruz y la Av. Camacho (resultante del diseño del Arq. Emilio Villanueva) y las calles Oruro y Ayacucho es un área de mucha vitalidad y actividad, además de atractiva para el encuentro de personas merced a su forma y espacio abierto, la presencia de la Facultad de Ingeniería de la UMSA, del Club de La Paz, del edificio de valor histórico de la ex-COMIBOL, del Obelisco y del monumento al Soldado Desconocido e importante actividad comercial hacen de este sitio un verdadero nodo y muy importante en la ciudad.
El NODO de la Mariscal Santa Cruz-Camacho en imágenes satelitales de dos años distintos. A la izquierda, en la imagen de 2017, se ve el «atrio de Correos» abierto (óvalo rojo), con gente que se apropia libremente del espacio público; a la derecha, en la imagen de 2021, el «atrio de Correos» está ya cerrado con rejas. Esta imagen se aprovecha para mostrar los edificios y elementos que hacen a la calidad del nodo. Imágenes satelitales de Google Earth.
Por estas características del área urbana, una parte importante del espacio público fue, por muchos años, el “atrio del Correo”, parte interesante del proyecto del Arq. Calderón para el Centro de Comunicaciones, porque la gente lo usaba para estar, para encontrarse, para reunirse en amena conversación, para intercambiar cosas o aprovechar de la oferta de algún vendedor ambulante, sentándose en las gradas de ingreso a Correos, en resumen, darle vida al lugar con una apropiación libre, espontánea, agradable del espacio público, porque éste se concibe para esa apropiación, es su razón de ser.“La ciudad es ante todo el espacio público, el espacio público es la ciudad. Es a la vez condición y expresión de la ciudadanía, de los derechos ciudadanos”.[2]
Imágenes que muestran el uso libre del espacio público, una apropiación espontánea que da vitalidad al área urbana. En la imagen de abajo puede verse (izquierda) la escalinata abierta, antes del enrejado, hacia el espacio público y el ingreso principal al bloque de oficinas. Fotografías: arriba imagen de Google Maps, abajo Bolivia Local.
El avance de las rejas, lamentablemente, alcanzó a ese espacio público, el “atrio del Correo” está cerrado y ocupado, la gente, que aún considera ese lugar una parte importante de la ciudad sigue llegando a él, sigue reuniéndose ahí pero en un área muchísimo mas pequeña, reducida a la acera, donde quiere “estar, conversar, intercambiar” pero ese pequeño espacio es, además, de circulación, en resumen, un espacio público degradado a causa de, lo que yo considero, una falta total de ejercicio de la democracia desde los administradores del estado.
El efecto del «enrejado» es, evidentemente, negativo; las posibilidades de una apropiación digna del espacio público por parte de los ciudadanos, más aún en condiciones adversas causadas por la pandemia, resulta prácticamente imposible, es claramente una degradación del espacio público generada desde la administración del Estado. Fotografías: Jorge Valenzuela.
Para cerrar esta entrega, me voy a permitir apoyarme en un texto ajeno pero que contiene todo mi pensamiento y mi sentir respecto del tema y porque yo no podría expresarlo con mejores palabras:
“El espacio público expresa la democracia en su dimensión territorial. Es el espacio de uso colectivo. Es el ámbito en el que los ciudadanos pueden (o debieran) sentirse como tales, libres e iguales. El donde la sociedad se escenifica, se representa a sí misma, se muestra como una colectividad que convive, que muestra su diversidad y sus contradicciones y expresa sus demandas y sus conflictos. Es donde se construye la memoria colectiva y se manifiestan las identidades múltiples y las fusiones en proceso. El espacio público democrático es un espacio expresivo, significante, polivalente, accesible, evolutivo”.[3]
El espacio público debe ser un lugar que permita la sociabilidad, apto y cómodo para las actividades de los ciudadanos y accesible para todos; estas características no suelen ser parte de nuestros espacios públicos, encontramos rejas por todas partes y, algunas veces, la falta de comodidad en ellos genera inseguridad, especialmente para los niños y adultos mayores. Fotografía de enteurbano.com
“La crisis del espacio público se manifiesta en su ausencia o abandono o en su degradación, en su privatización o en su tendencia a la exclusión. Sin espacio público potente, integrador socialmente, articulador física y simbólicamente, la ciudad se disuelve, la democracia que se pervierte, el proceso histórico que hace avanzar las libertades individuales y colectivas se interrumpe o retrocede, la reducción de las desigualdades y la supremacía de la solidaridad y la tolerancia como valores ciudadanos se ven superados por la segregación y por la codicia, por el egoísmo y la exclusión”.[4]
[1] Kevin Lynch, “La Imagen de la Ciudad”, Massachusetts, USA, 1960
[2] Jordi Borja, “Espacio Público y Derecho a la Ciudad”, Barcelona, España, 2012
Esta imagen circula en las redes sociales (Publicada por Magaly Palenque en Facebook) y contiene imágenes de promoción del proyecto «Las Loritas10» que sería construido en Calacoto, también contiene imagen de publicación de prensa (Diario Página Siete) y cuestionamientos sobre su legalidad. Efectivamente, la norma en ese sector del Distrito 19 permite 6 pisos de altura; si se aplican «Incentivos» (contenidos en la norma) y si estos aplicaran al caso del proyecto, se podría alcanzar a una altura de 8 plantas máximo. La promoción del proyecto menciona 26 plantas.